STSJ Extremadura , 18 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE
ECLIES:TSJEXT:2002:2511
Número de Recurso19/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 1901 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE En Cáceres a dieciocho de noviembre de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 19 de 2000, promovido por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de la recurrente LA JUNTA DE EXTREMADURA, siendo demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, de fecha 30 de junio de 1999, que estimó la reclamación núm. 06/180/98, interpuesta por Doña María Rosa contra la comprobación de valores y subsiguiente liquidación girada por la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Castuera.- Cuantía.- 5.405.115 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recuso, ni estimarlo necesario la

Sala, se señaló seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE MANUEL PEREZ CLEMENTE.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Letrado de la Junta de Extremadura se impugna en este recurso contencioso administrativo el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de...

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