STSJ Cantabria , 19 de Octubre de 2001

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2001:1870
Número de Recurso624/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Doña Maria Josefa Artaza Bilbao En la Ciudad de Santander, a 19 de octubre de 2001.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 624/00, interpuesto por DON Gregorio , representado por el Procurador Don Carlos de la Vega-Hazas y defendido por la Letrado Doña Carmen Mendiete Caviedes contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y contra la DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA.

Representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.La cuantía del recurso es de 294.041 pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 20 de julio de 2000 contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 28 de marzo de 2000 por la que se desestima la reclamación económico-administrativa entablada por el recurrente frente a la comprobación de valores practicada por la Administración Tributaria que fija como valor real de los inmuebles adquiridos el de 89.896.000 pesetas, correspondientes al local C) y 2.298.400 pesetas, correspondientes al local B) frente a un valor declarado de 33.700.000 pesetas y 1.400.000 pesetas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración del Estado y la Diputación Regional de Cantabria recurridas solicitan de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.

QUINTO

Señalada fecha para la deliberación, votación y fallo tuvo lugar el día 18 de octubre de 20001, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene por objeto el presente pleito la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 28 de marzo de 2000 por la que se desestima la reclamación económico-administrativa entablada por el recurrente frente a la comprobación de valores practicada por la Administración Tributaria que fija como valor real del inmueble adquirido el de 89.896.000 pesetas, correspondientes al local C) y 2.298.400 pesetas, correspondientes al local B) frente a un valor declarado de 33.700.000 pesetas y 1.400.000 pesetas.

SEGUNDO

Como ya ha señalado esta Sala en múltiples Sentencias referidas a supuestos análogos al que nos ocupa:

"A diferencia de lo sucedido en otros actos de comprobación de valores dictados por la Administración autonómica, que merecieron el reproche de esta Sala, en una multiplicidad de sentencias, precisamente porque adolecían de falta de motivación, las circunstancias que han...

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