STSJ Extremadura , 17 de Octubre de 2003

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2003:1911
Número de Recurso1166/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 01400/2003 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 1.400 PRESIDENTE :

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a diecisiete de Octubre de dos mil tres.

Visto el recurso contencioso administrativo número 1.166 de 2.001 , promovido la JUNTA DE EXTREMADURA , representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO , representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 29 de marzo de 2001 que estimó las reclamaciones acumuladas, número 6/1568/00 y 6/1569/00 interpuestas por D. Juan Carlos , -que no ha comparecido pese a que ha sido emplazado por el TEAR - contra la comprobación de valores y subsiguientes liquidaciones complementarias giradas en concepto de Impuesto sobre Sucesiones, motivada por la escritura de partición de herencia de 22 de enero de 1996 y por la escritura de adición de herencia de 21 de octubre de 1996, otorgadas por los herederos de D. Juan Carlos , fallecido el 27 de julio de 1995, importando, respectivamente, la cantidad de 101.187 y 22.047 pesetas.

Cuantía 10.957,32 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba, ni vista o conclusiones, se señaló día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don ISAAC MERINO JARA , que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la Junta de Extremadura, se dirige contra la R. TEAR de Extremadura de 29 de marzo de 2001 que estimó las reclamaciones acumuladas, número 6/1568/00 y 6/1569/00 interpuestas por D. Juan Carlos , -que no ha comparecido pese a que ha sido emplazado por el TEAR - contra la comprobación de valores y subsiguientes liquidaciones complementarias giradas en concepto de Impuesto sobre Sucesiones, motivada por la escritura de partición de herencia de 22 de enero de 1996 y por la escritura de adición de herencia de 21 de octubre de 1996, otorgadas por los herederos de D. Jose Pedro , fallecido el 27 de julio de 1995, importando, respectivamente, la cantidad de 101.187 y 22.047 pesetas.

SEGUNDO

La cuestión que debemos...

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