STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Junio de 2003

PonenteANTONIA DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2003:9468
Número de Recurso10/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 881 RECURSO NÚM. 10-2000 PROCURADOR D. ALBITO MARTINEZ DIEZ Ilmos. Sres.

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a 18 de Junio de 2003 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 10-2000, interpuesto por GRUPO CONTROL PRESUPUESTARIO, SL., representado por el procurador D. ALBITO MARTINEZ DIEZ contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22.9.1999 reclamación núm. 28/08731/99 (8176/97) interpuesta por el concepto de sociedades habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 17.6.2003 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DÑA. María Antonia de la Peña Elías, quien expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO La entidad recurrente Grupo Control Presupuestario, SI- impugna en este recurso el acuerdo del TEAR de Madrid de 22 de septiembre de 1999 que estimó en parte la reclamación económico administrativa que interpuso contra la liquidación derivada de acta firmada en disconformidad incoada en concepto de Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1994, por importe a devolver de 444.181 Ptas.

En este acuerdo el TEAR de Madrid estimó en parte la referida reclamación por entender que la inspección había practicado una instrucción insuficiente por falta de prueba para determinar en función de la operación principal de la que traen causa si los intereses percibidos por la actora procedían de operaciones comerciales no sujetos a retención o de operaciones financieras si sujetas y ordenó la retroacción de actuaciones para que aquella efectuase las operaciones de comprobación necesarias para determinar uno y otro montante de intereses, sin embargo consideraba correcta la interpretación relativa a que los intereses sujetos a retención se imputase por el preceptor en su integridad y sin posibilidad de deducir urnas retenciones que no habían sido practicadas.

Por otra parte el mismo tribunal consideraba que de acuerdo con el art 82 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAN, 17 de Octubre de 2005
    • España
    • 17 Octubre 2005
    ...en las referidas sentencias: Tal y como expresa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sus Sentencias 12 y 25 de febrero y 18 de junio de 2.003, recaídas en los recursos números 8/00, 9/00 y 10/00, interpuestos por la entidad Grupo Control Presupuestario SL, la resolución de la cues......
  • SAN, 26 de Julio de 2005
    • España
    • 26 Julio 2005
    ...de la resolución recurrida. Tal y como expresa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sus Sentencias 12 y 25 de febrero y 18 de junio de 2.003, recaídas en los recursos números 8/00, 9/00 y 10/00, interpuestos por la entidad Grupo Control Presupuestario SL, que la parte transcribe p......
  • SAN, 17 de Octubre de 2005
    • España
    • 17 Octubre 2005
    ...en las referidas sentencias: Tal y como expresa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sus Sentencias 12 y 25 de febrero y 18 de junio de 2.003, recaídas en los recursos números 8/00, 9/00 y 10/00, interpuestos por la entidad Grupo Control Presupuestario SL, que la parte transcribe ......
  • SAN, 21 de Julio de 2005
    • España
    • 21 Julio 2005
    ...de la resolución recurrida. Tal y como expresa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sus Sentencias 12 y 25 de febrero y 18 de junio de 2.003, recaídas en los recursos números 8/00, 9/00 y 10/00, interpuestos por la entidad Grupo Control Presupuestario SL, que la parte transcribe p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR