STSJ País Vasco , 17 de Noviembre de 2000

PonenteLUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA
ECLIES:TSJPV:2000:5566
Número de Recurso6589/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 6589/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 601/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª.CARMEN ALVAREZ THEURER En la Villa de BILBAO, a diecisiete de noviembre de dos mil. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 6589/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Gipuzkoa de 15 de Octubre de 1.997, por el que se estimaba parcialmente la reclamación 1.590-94, seguida a instancia de dicha Entidad Local frente a dos Providencias de Apremio relativas a sendas sanciones de 50.000 pesetas cada una, impuestas en concepto de no presentación de declaración en el Impuesto de Sociedades por parte de la Fundación Pública del Servicio Tenis-Ondarreta.

Son partes en dicho recurso: como recurrente AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIAN, representado por el Procurador D. GERMAN APALATEGUI CARASA y dirigido por el Letrado D. FELIPE GOMEZ ARRIARAN Como demandada DIPUTACION FORAL DE GUIPUZCOA, representado por la Procuradora Dª.

BEGOÑA URIZAR ARANCIBIA y dirigido por el Letrado D. JOSE LUIS HERNANDEZ Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 24 de diciembre de 1.997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. GERMAN APALATEGUI CARASA actuando en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIAN, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Gipuzkoa de 15 de Octubre de 1.997, por el que se estimaba parcialmente la reclamación 1.590-94, seguida a instancia de dicha Entidad Local frente a dos Providencias de Apremio relativas a sendas sanciones de 50.000 pesetas cada una, impuestas en concepto de no presentación de declaración en el Impuesto de Sociedades por parte de la Fundación Pública del Servicio Tenis-Ondarreta; quedando registrado dicho recurso con el número 6589/97.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 100.000 ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, con estimación íntegra de la misma, se declare la disconformidad a derecho de la resolución recurrida y se dejen sin efecto, atendida su nulidad radical, las liquidaciones practicadas por los Servicios de Gestión de Impuesto Directos de la Hacienda Foral en concepto de sanciones por la no presentación de la declaración correspondiente al Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 1989 y 1990.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestimando la demanda declare conforme a...

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