STSJ Islas Baleares , 7 de Noviembre de 2003
Ponente | PABLO DELFONT MAZA |
ECLI | ES:TSJBAL:2003:1385 |
Número de Recurso | 596/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA T.S.J.BALEARES SALA CON/AD PALMA DE MALLORCA SENTENCIA: 00879/2003 SENTENCIA Nº 879 En la ciudad de Palma de Mallorca a siete de noviembre del año dos mil tres.
ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.
MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.
D. Fernando Socias Fuster.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos Nº 596 de 2002, seguidos entre partes; como demandante, Lavanderías Diana, Sociedad Anónima , representada por la Procuradora Dª. Catalina Salom Santana , y asistida del Letrado D. José
Pradel Alfaro ; y como Administración demandada , la General del Estado, representado y asistido por su Abogado.
El objeto del recurso es la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional en Illes Balears, de 27 de febrero de 2002, por la que se desestimaba la reclamación número 859/00 contra liquidación derivada de Acta de Inspección número A0270278960, por el concepto tributario de impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1996 y 1997.
La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada.
Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso fue interpuesto el 10 de mayo de 2002, admitiéndose a trámite por providencia del día 21 siguiente, reclamándose el expediente administrativo.
La demanda se formalizó el 6 de febrero de 2003, solicitando la estimación del recurso.
No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.
El Abogado del Estado contestó a la demanda el 25 de abril de 2003, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las costas. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.
Por providencia de 21 de octubre de 2003, se señaló el día 31 siguiente para la votación y fallo del recurso.
Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.
El 3 de mayo de 2000 se extendió por la Dependencia Regional de Inspección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria Acta número A0270278960 a la aquí recurrente, Lavanderías Diana, Sociedad Anónima, por el concepto tributario Impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1996 y 1997, y, tal como se reseña en la resolución ahora recurrida, en dicha Acta se señalaba lo siguiente:
1) La fecha de inicio de las actuaciones fue el día 11-3-99, y el cómputo del plazo de duración no deben computarse 94 días como consecuencia de dilaciones imputables al contribuyente al no aportar documentación y no comparecer, así como por la demora en la firma de las actas.
2) El sujeto pasivo había presentado declaración por este...
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