STSJ Asturias , 27 de Octubre de 2003

PonenteLUIS QUEROL CARCELLER
ECLIES:TSJAS:2003:4793
Número de Recurso2855/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 2855/98 RECURRENTE: INMOBILIARIA LA AMISTAD, SA. PROCURADORA: DÑA. MARIA LUZ GARCIA GARCIA RECURRIDO: TEARA.

ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA NÚM.614 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA DÑA. OLGA GONZALEZ LAMUÑO ROMAY En OVIEDO, a veintisiete de octubre de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2855 del año 1998, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Maria Luz García García, en nombre y representación de INMOBILIARIA LA AMISTAD, SA., bajo la dirección del Letrado D. Gustavo Alisa Santos; contra la Resolución del Tribunal Económico- administrativo Regional de Asturias de fecha 26 de junio de 1998, por el que desestima la reclamación económico-administrativa n° 33/2415/96, impugnando el acuerdo dictado por la Inspección de los Tributos de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Oviedo, relativo al acta de disconformidad n° 60278846, incoada por el concepto tributario Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1991.

Ha sido parte el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS, representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 22 de noviembre de 1999, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia por la cual se declare la nulidad de la liquidación derivada del Acta de Disconformidad número 60278846, así como de los actos posteriores dictados en ejecución de la misma, por su manifestada disconformidad a Derecho: A) bien por entender de las deducciones como gasto en el Impuesto sobre Sociedades realizadas por INMOBILIARIA LA AMISTAD, SA. en el ejercicio 1.991 son totalmente conformes a derecho. B) bien, subsidiariamente a lo anterior, y en defecto de no ser estimado el anterior pedimento, por declarar el expediente como de rectificación, sin imposición de sanción alguna. Y declarando en cualquier caso el derecho de esta parte o obtener el reembolso de la Administración de lo ingresado indebidamente, junto con los intereses de demora correspondientes y, todo ello, con imposición expresa de las costas a la Administración demandada.

Por medio de otrosí solicita el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia en la que declarada la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada, se desestime el presente recurso.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día veintiuno pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS...

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