STSJ Navarra , 22 de Marzo de 2001
Ponente | JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJNA:2001:575 |
Número de Recurso | 1680/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. ANTONIO RUBIO PÉREZ En Pamplona, a veintidos de marzo de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.680/98, promovido contra el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra de fecha 8-6-98 por el que se desestima el Recurso Ordinario interpuesto contra la Resolución 862/1997 de 31 de diciembre de 1.997 del Director General de Administración Local por la que se ordenaba el abono final de la aportación establecida a favor de la Mancomunidad de la Comarca de Sakana para la ejecución de la obra "Renovación parcial conducción Urdalur-Altsasu", incluida en el Plan de Obras de Infraestructuras Locales para 1.996, siendo en ello partes:
como recurrente ORGANO ESPECIAL PARA LA GESTION DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA DE LA MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE SAKANA, representado y dirigido por la Letrada Sra. García Iricibar; y como demandado GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado.
El presente recurso se interpuso el 30-9-1.998 contra la resolución citada en el encabezamiento.
La demanda formalizada por el recurrente fue contestada por la Administración de la Comunidad Foral.
Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 13 de marzo de 2.001 a las 10,10 horas.
Es Ponente del presente recurso en sustitución reglamentaria del designado D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
El artículo 25c del Decreto Foral nº 21/1996 de 15 de Enero (B.O. de 5 de febrero) que aprobó el Plan de Obras de infraestructuras locales para 1.996, prevé cómo se abonará a los particulares el coste de las expropiaciones, de lo que se infiere que no es financiable con cargo a dicho Plan cualquier ocupación, afección o servidumbre por necesaria que sea para la ejecución de las infraestructuras locales, y si unicamente la expropiación de derechos de particulares.
No pueden trasladarse a un tercero, en este caso la Administración foral, los costes de la...
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