STSJ Cataluña , 20 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2000:16207
Número de Recurso1075/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Recurso n° 1075/96 Partes: Carina C/ T.E.A.R.C. SENTENCIA N°1139/00 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª. MARIA LLUISA PÉREZ BORRAT Dª. CONCEPCIÓN ALDAMA BAQUEDANO En la ciudad de Barcelona, a veinte de diciembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1075/96, interpuesto por Dª. Carina , representado y asistido del Letrado D. Conrado Recha Dabán, contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado y asistido por el Letrado del Estado. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARIA LLUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado D. Conrado Recha Dabán, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada por el TEAR de Cataluña en fecha 10 de mayo de 1996, por la que se desestimaba la reclamación económico-administrativa núm. 13.206/94, que confirmó el acuerdo dictado por la Administración de Hacienda de Hospitalet, por el concepto de IRPF, ejercicio 1992.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por la representación de la parte actora, así como de la demandada, por medio de otrosí de su escrito de demanda y contestación respectivos, se interesó el recibimiento a prueba de las presentes actuaciones, habiendo lugar a ello por auto de fecha 11 de marzo de 1997 , practicándose las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos. Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones y sucintas, que las partes evacuaron haciendo la alegaciones que estimaron de aplicación; y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 13 de diciembre del año en curso, a la hora prevista.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la...

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