STSJ Andalucía , 10 de Mayo de 2001

PonenteJOSE MORENO CARRILLO
ECLIES:TSJAND:2001:6467
Número de Recurso405/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA ILMOS. SRES.

  1. JOSÉ MORENO CARRILLO D. HERIBERTO ASENCIO CANTISAN D. JOSÉ ÁNGEL VAZQUEZ GARCÍA Sevilla a 10 de mayo de 2.001.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto EN NOMBRE DEL REY el recurso n° 405/98, seguido entre las siguientes partes: Demandante: La sociedad "Maestranza Films, S.L., cuyas circunstancias constan, representada y defendida por el Letrado D. Jesús Fuentes Martín.- Y como demandado, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA), que ha estado debidamente asistido por el Abogado del Estado.- La cuantía se ha fijado en 1.772.269 pts.- Ha sido Ponente el Magistrado D. JOSÉ MORENO CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En su escrito de demanda la parte actora interesa de la Sala una sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.

SEGUNDO

Por la parte demandada, al contestar, se solicita se dicte sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

TERCERO

No practicada prueba en este procedimiento, fueron requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones, y evacuado dicho trámite, en su momento, fue señalado día para la votación y Fallo, el cual ha tenido lugar en el designad, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre en este proceso la resolución del TEARA de 27-11-1997, por el que se desestima la reclamación num 41/1786/96, formulada contra Acuerdo desestimatorio presunto del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la Agencia Tributaria de Sevilla, sobre liquidación relativa al LRPF (retenciones del trabajo del 4° trimestre de 1994); así como contra el Acuerda por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra otro por el que se procede a la compensación de oficio y embargo de la devolución tributaria reconocida a favor del reclamante por el IVA del ejercicio 1994, para el cobro de la anterior liquidación y de la relativa a intereses de demora e importe de 57.683 pts, siendo el importe del recargo de apremio liquidado, objeto de la impugnación, el de 1.772.269 pts. Y en la demanda se pretende una sentencia por la que se declare la nulidad del embargo de apremio por el importe que se acaba de citar, y acuerde que se proceda a la devolución de dicha cantidad a la actora.

SEGUNDO

Para una mayor...

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