STSJ País Vasco , 27 de Febrero de 2004
Ponente | MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ |
ECLI | ES:TSJPV:2004:919 |
Número de Recurso | 2782/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2782/03 DE Ordinario Ley 98 SENTENCIA NUMERO 156/2004 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. ANGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:
D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA Dª. MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En BILBAO, a veintisiete de febrero de dos mil cuatro.
La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2782/03 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: Acuerdo del T.E.A.F. de Bizkaia de fecha 3 de julio de 2003 por el que se desestimó la reclamación 590/02 promovida por el recurrente contra Acuerdo de la Administración de Tributos Directos por I.R.P.F., ejercicio 2.001.
Son partes en dicho recurso:
- DEMANDANTE: Rodolfo , representado por D. PEDRO MARIA SANTIN DIEZ y dirigido por Letrado .
- DEMANDADA: DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representado por Dª. MIREN BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigido por el Letrado D. ANTON MATURANA PEREZ.
Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ
El día 4 de noviembre de 2003 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. PEDRO MARIA SANTIN DIEZ actuando en nombre y representación de D. Rodolfo , interpuso recurso contencioso-administrativo contra Acuerdo del T.E.A.F. de Bizkaia de fecha 3 de julio de 2003 por el que se desestimó la reclamación 590/02 promovida por el recurrente contra Acuerdo de la Administración de
Tributos Directos por I.R.P.F., ejercicio 2.001; quedando registrado dicho recurso con el número 2782/03.
En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se considern las percepciones recibidas por el recurrente, a través de la empresa Antares S.A., como renta irregular y se proceda a aplicar el porcentaje de integración del 60% o, subsidiariamente, del 70%.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso en todos sus pedimentos y todo lo demás que legalmente proceda, confirmándose en consecuencia el acto administrativo impugnado, con expresa imposición de las costas de este proceso a la parte demandante
Por auto de 29 de enero de 2004 se fijó como cuantía del presente recurso la de 5.042,15 euros.
El procedimiento no se recibió a prueba por no solicitarlo las partes ni estimarlo así necesario el Tribunal, quedando los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo conforme a lo establecido en el art. 62.3 de la LJCA.
Por resolución de fecha 19.02.04 se señaló el pasado día 24.02.04 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se...
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