STSJ Comunidad de Madrid 16/2001, 10 de Enero de 2001
Ponente | D. JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA |
ECLI | ES:TSJM:2001:75 |
Número de Recurso | 475/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 16/2001 |
Fecha de Resolución | 10 de Enero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNAD. JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZD. MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOSDª. ANTONIA DE LA PEÑA ELIASD. JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
RECURSO NÚM: 475/98
LETRADO SR: CARRETERO HERNANZ
SENTENCIA Núm 16
Ilmos. Sres.
Presidente
D. Jose Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
D. Santos Gandarillas Martos
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Jose Ignacio Zarzalejos Burguillo
En la Villa de Madrid a diez de enero de dos mil uno.
Visto por la Sala del margen el recurso núm 475 de 1.998, interpuesto por Dña. Maribel, representado por el LETRADO Sr CARRETERO HERNANZ, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 21 de noviembre de 1997, reclamación 28/01822/96 en concepto de RENTA PERSONAS FISICAS; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia por la que se revoque la resolución recurrida, declarando la nulidad de la Resolución dictada por la Administración de la latina de la Agencia Tributaria en la que se desestima la rectificación de la autoliquidación y consecuentemente declare, por ajustarse a derecho, la validez de la Declaración Complementaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, hecha por el reclamante, decretándose la devolución a Dª. Maribel, de la cantidad de 2.819.957.-Ptas., mas los intereses legales correspondientes.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 10 de enero de 2001, en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jose Alberto Gallego Laguna
Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 21 de noviembre de 1.997 por la que se desestimó la reclamación económico administrativa número 28/018822/96 deducida por el actor contra acuerdo desestimatorio de solicitud de rectificación de...
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