STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Febrero de 2001

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2001:2809
Número de Recurso995/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM: 995/98 PROCURADOR SR: DE LA PEÑA ARGACHA SENTENCIA Núm 306 Ilmos. Sres.

Presidente D. Jose Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Santos Gandarillas Martos Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Jose Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a veintiocho de febrero de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso núm 995 de 1.998, interpuesto por D. Juan y esposa Dña.

María Angeles , representado por el PROCURADOR Sr DE LA PEÑA ARGACHA, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 29 de abril de 1998, reclamación 28/04127/98 en concepto de RENTA PERSONAS FISICAS; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia por la que se acuerde en interés de sus representados la suspensión sin aportación de garantías de la ejecución de los actos administrativos impugnados en la reclamación económico-administrativa 4127/1998 que se sigue ante el Tribunal Económico Regional de Madrid, declarándose la anulación de la resolución emitida por ese Tribunal denegando, la suspensión de la ejecución de los actos impugnados que le fue solicitada, o subsidiariamente, se declare la nulidad radical de aquella resolución, con expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 27 de febrero de 2001 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jose Alberto Gallego Laguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid con fecha 29 de abril de 1.998 en la que acordó estimar en parte la reclamación número 28/04127/98 sobre solicitud de suspensión sin garantía...

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