STSJ Canarias , 28 de Mayo de 2004

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2004:2354
Número de Recurso780/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS)

Ref.- R.C.A. nº 780/98 SENTENCIA num Ilmos. Sres.

Presidente: Don Jesús Suarez Tejera.

Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.

Don Francisco José Gómez Cáceres.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de mayo de 2.004.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº .780/98, en el que son partes, como recurrente, la entidad Casas Heddy Española S.A., representada por el Procurador Sr. Ramírez Hernández, y como demandada, la Comunidad Autónoma de Canarias, representado por la letrada de sus servicios jurídicos, versando la misma sobre impugnación de resolución del Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias desestimando reclamación económico administrativa en relación con el impuesto general indirecto canario, y siendo su cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO

Mediante resolución del Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias de fecha 4 de febrero de 1.998 se desestimó la reclamación económico administrativa interpuesta por la entidad Casas Heddy Española S.A. contra resolución de la Direcció n General de Tributos que denegó la pretensión de la recurrente de obtener el reconocimiento de entidad privada de carácter social a los efectos de exención del impuesto general indirecto canario.

SEGUNDO

Frente a tal resolución se interpuso recurso contencioso administrativo por el Procurador Sr. Ramírez Hernández en representación de la entidad Casas Heddy Española S.A., formulandose en el momento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado con declaración del derecho de la recurrente a obtener la consideración de que se trata.

TERCERO

Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su desestimación.

CUARTO

Finalizado el periodo probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día veintiocho de mayo del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias antes...

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