STSJ Extremadura , 8 de Marzo de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:541
Número de Recurso25/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 371 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a ocho de marzo de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 25 de 1997, promovido por el Procurador D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación del recurrente D. Bernardo , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura el 30 de septiembre de 1996, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta contra la Resolución dictada por la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura, el 10 de octubre de 1.994, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución recaída en el expediente sancionador número 82/94, por la que se le impuso la sanción de 1.540.000 pesetas de multa al considerarle responsable de la infracción tipificada en el artículo 55.2, puesto en relación con el 54.2, ambos de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales , por el uso indebido de gasóleo bonificado en el vehículo, matrícula MQ- ....-MO , de 45 CV.- Cuantía.- 1.489.000 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recuso, ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al periodo de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO, En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de D. Benjamín , se dirige contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura el 30 de septiembre de 1996, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta contra la Resolución dictada por la Delegación Especial de la Agencia Estatal de...

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