STSJ Extremadura , 16 de Noviembre de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:2274
Número de Recurso2289/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 1623 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a dieciséis de Noviembre de dos mil .- Visto el recurso contencioso administrativo nº 2289 de 1997 promovido por el Procurador de los Tribunales Sra. Simón Acosta en nombre y representación de DON Domingo , siendo demandada LA EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ, representado por el Procurador Sr. Campillo Alvarez; recurso que versa sobre: "Resolución dictada por el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Badajoz, resolviendo la reclamación nº de recibo 00002275L promovida por el recurrente contra la liquidación de I.B.I. del período 65.".

C U A N T I A : 49.940pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo....

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