STSJ Cataluña , 29 de Marzo de 2001

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2001:4393
Número de Recurso700/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 700/97 Partes: Constanza , Ramón y Juan Ramón , DIRECCION000 . C/

T.E.A.R.C. SENTENCIA Nº 292/2001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veintinueve marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

700/97, interpuesto por Constanza , Ramón y Juan Ramón , DIRECCION000 ., representados por el Procurador D. ALBERTO RAMENTOL NORIA y defendidos por la letrada Dª ELVIRA FONT TORRENT, contra EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVA REGIONAL DE CATALUÑA.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 20-10-96 estimatoria en parte de la reclamación n°. 4218/94

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 28 de marzo del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de Constanza , Ramón Y Juan Ramón , DIRECCION000 , la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 20 de noviembre de 1996 por la que se desestimó la reclamación económico- administrativa n° 4218/94 interpuesta por la actora contra Acuerdo dictado por la Delegación de Barcelona de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - Administración de Hacienda de Pedralbes-Sarriá, por el concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio de 1993, acto...

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