STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Febrero de 2000
Ponente | ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA |
ECLI | ES:TSJM:2000:1604 |
Número de Recurso | 1801/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sr. Torres Álvarez Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 36.142 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1801 de 1998 PONENTE Sr. Enrique Calderón de la Iglesia SENTENCIA N°131 Presidente Ilmo.. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres. Juan Ignacio González Escribano Dª Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a nueve de febrero de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 1801 de 1998 interpuesto por el Procurador don Miguel Torres Álvarez en representación de doña Milagros contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid dé 26 de mayo de 1998 desestimatoria del recurso de reposición formulado contra la liquidación por Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 1997; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr, Rodríguez Montaut.
La cuantía del recurso es de 62.558
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 27 julio de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 8 de febrero de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Enrique Calderón de la Iglesia.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
La recurrente alega que presta sus servicios profesionales como Letrado ejerciente con dedicación exclusiva en la sociedad Bufete Martín-Peña y Dutilh, S.L., por lo que estima que la actividad ejercida es un supuesto de no sujeción al Impuesto sobre Actividades Económicas, impugnando así la...
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