STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Enero de 2002

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
ECLIES:TSJM:2002:26
Número de Recurso2182/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 2182/98 SENTENCIA N° 15 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN OCTAVA Iltmos Sres.

Presidente Doña Inés Huerta Garicano Magistrados Don Miguel Angel Vegas Valiente Don Javier Eugenio López Candela En la ciudad de Madrid, a nueve de enero de dos mil dos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 2182/98 interpuesto por FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS MEDIO AMBIENTE, S. A. y FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS (UTE SAN FERNANDO) representados por el Procurador Sr. Escudero Delgado y dirigido por el Letrado Sr. Mata Rodríguez, contra la Comunidad de Madrid, representada y asistida por sus Servicios Jurídicos, sobre denegación de certificado de convalidación de inversión medioambiental. Ha sido Ponente el Ilustrísimo Señor Don Javier Eugenio López Candela quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala en fecha 7 de diciembre de 1998 se interpuso el presente recurso contra la Resolución de la Directora General de Educación y Protección Ambiental de 21 de septiembre de 1998, por la que se desestiman el recurso interpuesto el recurrente en fecha 24 de julio de 1998 frente al acuerdo de 24 de abril del mismo año por la que se deniega la certificación de convalidación por inversión medioambiental solicitada por la recurrente.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado la parte actora y demandada el trámite conferido en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de Derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente las demandantes la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de la resolución impugnada por la parte actora, así como el reconocimiento del derecho a la expedición del certificado de convalidación ambiental; y respecto de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a Derecho.

TERCERO

Otorgado el proceso a prueba por auto de 17 de noviembre de 1999, continuado el proceso por sus trámites con el resultado que aparece en autos, presentaron las partes con posterioridad y por su orden, sus escritos de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación ocho de febrero de dos mil dos. CUARTO.- En la sustanciación del presente pleito se han observado s prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo 267.400 pesetas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución de la Directora General de Educación y Protección Ambiental de 21 de septiembre de 1998, por la que se desestiman el recurso interpuesto el recurrente en fecha 24 de julio de 1998 frente al acuerdo de 24 de abril del mismo año por la que se deniega la certificación de convalidación por inversión medioambiental solicitada por la recurrente, que en virtud del informe del Jefe de Sección de Estudios Ambientales de 10.7.98, denegaba la solicitud de la actora de emisión de certificado de convalidación de inversión medioambiental de fecha 24 de abril de 1998 por inversión consistente en la incorporación de un motor de 220 cv, la cual permite reducir el número de revoluciones del camión recolector-compartidor SCANIA matrícula M-7920-VF de 1.100 a 750 r.p.m. (Expdte. 6/98).

Dicha solicitud se formulaba por el recurrente en cuanto que reducía la contaminación acústica y atmosférica con la sustitución del motor del citado vehículo utilizado para la ejecución del servicio público...

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