STSJ Comunidad Valenciana , 23 de Diciembre de 2002

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
ECLIES:TSJCV:2002:12492
Número de Recurso3464/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 3464/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA nº 1629/02 Iltmos. Srs. PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En la ciudad de Valencia a veintitrés de diciembre de dos mil dos. VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 3464/97, seguidos entre partes, de la una y como demandante, el Ayuntamiento de Betxí, representada por la Procuradora Dª. Florentina Pérez Samper y dirigida por D. Manuel Martínez Torrecilla; y de la otra, como demandado D. Carlos Miguel , representado por la Procuradora Dª. Valdeflores Sapena Davó y dirigida por el Letrado D. Eduardo-Wenley Palacios Carrera, recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Betxí, por lesividad, contra los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de 28 de septiembre de 1995 y 26 de abril de 1996 en los que se acordó, respectivamente, iniciar el expediente expropiatorio y aprobar la valoración del suelo a expropiar.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La indicada Procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en Cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 19 de diciembre de 2002 para votación y Fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por el Ayuntamiento de Betxí, por lesividad, contra los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de 28 de septiembre de 1995 y 26 de abril de 1996 en los que se acordó, respectivamente, iniciar el expediente expropiatorio y aprobar la valoración del suelo a expropiar.

Segundo

Por la parte demandada se alega en primer lugar la caducidad de la acción de lesividad por no haberse acompañado el correspondiente expediente administrativo y el acuerdo de declaración de lesividad, tal como establece el artículo 45.4 de la Ley de la Jurisdicción, hay que entender que se refiere al artículo 57.4 de la Ley de la Jurisdicción de 1956 dada la fecha de interposición del presente recurso jurisdiccional, y por tanto, si bien el recurso fue interpuesto dentro de plazo, no lo fue en la forma legalmente establecida.

Sin embargo, los defectos que señala la parte recurrente eran susceptibles de subsanación, y hay que entender que quedaron subsanados con la propia aportación del expedientes.

Tercero

También se alega por la parte demandada la excepción de litispendencia por considerar que habiendo seguido la expropiación su curso hasta dictarse por el Jurado...

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