STSJ Navarra , 25 de Enero de 2000
Ponente | ANTONIO RUBIO PEREZ |
ECLI | ES:TSJNA:2000:107 |
Número de Recurso | 1397/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. Tomás MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a veinticinco de enero de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.397/96, promovido contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Urraul Alto, en sesión celebrada el 31 de mayo de 1.996, en relación con el aprovechamiento de Hierbas Comunales de Elcoaz por el que niega a la Sociedad recurrente el derecho a pastar de su ganado y requiriéndole para que retire el mismo de los terrenos donde pasta., siendo en ello partes: como recurrente SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACION nº 5137 (representada por D. Paulino , en su condición de DIRECCION000), representado por la Procuradora Sra. Mtez. Chueca y dirigido por el Letrado Sr. Lecumberri; y como demandado el AYUNTAMIENTO DE URRAUL ALTO, el cual no ha comparecido en autos pese a estar debidamente emplazado.
Tras los oportunos trámites procesales, por escrito presentado el 2 de julio de 1.998, se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acuerdo recurrido en cuanto señala un precio de adjudicación de 500 Ptas./Ha. y año por el aprovechamiento vecinal de los pastos de la corraliza de Elcoaz.
Incomparecido el demandado, se recibió el proceso a prueba y transcurrido el plazo legal para su práctica, evacuó la actora el trámite de conclusiones, tras lo cual, el pasado día 19, tuvo lugar la votación y fallo.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PEREZ.
II.-
La entidad demandante venía disfrutando del aprovechamiento de los pastos de la corraliza de Elcoaz respecto a los que, en fecha 30 de enero de 1.996, el Ayuntamiento acordó ofrecer mediante el procedimiento de "adjudicación vecinal" y por el precio de 500 pesetas hectárea y año.
Tras diversos trámites procesales que no es preciso reproducir (pero que podrían ser causa, tal vez, de inadmisibilidad del recurso por extemporaneidad), la demandante, que venía desde tiempo atrás aprovechando tales pastos, se alza contra tal acuerdo por dos razones,...
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