STSJ Navarra , 3 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ
ECLIES:TSJNA:2001:1692
Número de Recurso47/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ MAGISTRADOS, D. FELIPE FRESNEDA PLAZA D. JOSÉ LUIS RIUDAVETS GONZÁLEZ En Pamplona a tres de noviembre de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo nº

47/01, correspondiente a los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1 de Pamplona en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento Abreviado nº 155/00 interpuesto contra Resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Yesa de fecha 30 de agosto de 2000 por la que se aprueba la convocatoria para la contratación del Secretario de la Corporación, y siendo partes como apelante GOBIERNO DE NAVARRA representado y defendido por su Asesoría Jurídica-Letrada, y como apelado AYUNTAMIENTO DE YESA representado por el Procurador Sr. Taberna y defendido por el Letrado Sr. Zubiaurre, venimos en resolver en base a los siguientes I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1, de los de Pamplona, se dictó la sentencia nº 70/2001, de 27 de marzo, recaída en el procedimiento abreviado nº 155/2000, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Excmo. Gobierno de Navarra, contra resolución del Ayuntamiento de Yesa, de 30 de agosto de 2000, por la que se aprueba la convocatoria para la contratación del Secretario de la Corporación, por el sistema de oposición.

Frente a la citada sentencia, el Gobierno de Navarra interpone la presente apelación, solicitando en el suplico de su demanda que se revoque la sentencia apelada por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, anulando la mencionada Resolución municipal, de 30 de agosto de 2.000.

El Ayuntamiento de Yesa se opone a la apelación interpuesta y solicita la desestimación de la misma.

SEGUNDO

De conformidad con lo que dispone el artículo 85.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción, al no haber solicitado las partes ni la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, quedo el recurso concluso y por Providencia de 31 de julio de 2001, se señaló para votación y fallo el día 30 de octubre de 2001 y por permiso oficial del Presidente de la Sala y Ponente en los presentes autos, Iltmo. Sr. D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE, se turnan los mismos en favor del Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS RIUDAVETS GONZÁLEZ.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS RIUDAVETS GONZÁLEZ.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de los antecedentes que constan, tanto en autos, como en el expediente administrativo, asi como de la sentencia impugnada, el objeto de esta apelación es determinar si la resolución del Ayuntamiento de Yesa, aprobando la convocatoria para la plaza de Secretario, mediante contrato administrativo, resulta ajustado al ordenamiento...

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