STSJ País Vasco , 7 de Enero de 2005

PonenteANTONIO GARCIA MARTINEZ
ECLIES:TSJPV:2005:11
Número de Recurso5/2004
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO SALA DE LO CIVIL Y PENAL BILBAO Rec casación TSJ 5/04 Número de Identificación General: 00.01.2-04/000006 EXCMO. SR. PRESIDENTE FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dª. NEKANE BOLADO ZÁRRAGA D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ SENTENCIA En BILBAO (BIZKAIA), a siete de enero de dos mil cinco.

Vistos por la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, integrada por los Magistrados arriba reseñados, en los recursos de casación contra la sentencia que con fecha 13 de abril de 2004, dictó la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Álava, como consecuencia del rollo de apelación jurisdicción voluntaria 89/04 dimanante de autos de testamentaria 88/99 seguidos ante el Juzgado de 1ª

Instancia e Instrucción n° 2 de Amurrio hasta la completa división, partición y adjudicación del patrimonio hereditario de D. Carlos José y Dª Gabriela , a favor de quienes resulten ostentar derechos sobre las relictas herencias, cuyos recursos fueron interpuestos por D. Millán , D. Benito y Dª Eva , representados por la Procuradora Dª Ángela López de la Riva Carrasco y asistidos del Letrado D. Oscar Monje Valmaseda, y por D. Juan Pedro representado por la Procuradora Dª Virginia González Ruiz y asistido del Letrado D. José

María Atenazan Iturbe, interviniendo como recurrido el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador de los Tribunales D. Federico de Miguel Alonso, en nombre y representación de D. Juan Pedro , formuló ante el Juzgado de 1ª Instancia a Instrucción n° 2 de Amurrio, demanda de juicio voluntario de testamentaria hasta la completa división, partición y adjudicación del patrimonio hereditario de sus padres D. Carlos José y Dª Gabriela , a favor de quienes resultasen ostentar derechos sobre las relictas herencias y terminando suplicando se siguiera el juicio por sus reglas, ordenando citar a todos los interesados en la herencia de los causantes, proceder a la formación del inventario ya la división, partición y adjudicación de los bienes relictos de los causantes en la forma establecida por la Ley. Seguido el juicio por sus trámites y presentados los cuadernos particionales por los contadores partidores, por el Procurador D. Federico de Miguel Alonso en nombre y representación de D. Juan Pedro , D. Carlos José y D. Juan Pedro , y por la Procuradora Dª Begoña Garayoa Messeguer en nombre y representación de D. Luis Manuel , D. Millán , Dª Eva y D. Benito , se presentaron escritos el 24 de junio de 2003, oponiéndose a las operaciones particionales del contador partidor dirimente, solicitando se continuase el procedimiento según las reglas dispuestas en el artículo 787 de la LEC . Convocadas las partes a juicio verbal y celebrado el mismo, por Dª Miren Nekane Rodríguez Gómez, Juez de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Amurrio se dictó sentencia el 15 de diciembre de 2003 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"

FALLO

Que desestimando las demandas de oposición interpuestas por el Procurador Sr de Miguel Alonso en nombre y representación Juan Pedro , Carlos José y Juan Pedro y por la Procuradora Sra. Garayoa Meseguer, en nombre y representación de Luis Manuel , Millán ; Benito , Eva , debo acordar y acuerdo el siguiente inventario y cuaderno particional en relación con el Juicio Voluntario de Testamentaria n° 88/99 respecto de la herencia de los causantes D. Carlos José y Dª Gabriela :

  1. HERENCIA DE D. Carlos José .

    A). ADJUDICACIONES A D. Juan Pedro :

    En pago de sus legados, se le adjudican en propiedad los siguientes bienes inventariados:

    1).-Una mital indivisa del pabellón cinematográfico conocido como "Cine del Castillo" en Laudio- LLodio ("C.4" del inventario precedente), con sus accesorios y complementos, entre los que se encuentran la mitad indivisa de los dos locales a la izquierda entrando al portal n° NUM000 de la CALLE000 ("C.6.5").

    2).-La mitad indivisa de la actual casa n° NUM001 (Ant NUM002) de la CALLE001 de Laudio- LLodio, nombrada "Zubikoa", inmueble "C.3" inventariado.

    3).-La mitad indivisa del garaje de puertas que Dª a la calle Pió XII de Llodio, comunicado con el "Cine Castillo", inventariado bajo el epígrafe "C.5.4" precedente.

    En pago de sus derechos hereditarios, se le adjudica en propiedad los bienes que a continuación se detallan:

    1).- Una cuarta parte indivisa de la casa sita en el n° NUM003 de la CALLE002 n° NUM003 de Logroño, "C1") del inventario.

    2).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BCHA, actual SCH, relacionadas en el apartado "B1" del inventario de valores mobiliarios.

    3).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BANCO VASCONIA, epígrafe "B.2" del inventario.

    4).- Una cuarta parte de las rentas devengadas desde el mes de abril de 1.994 por el alquiler de los locales que se detallan en los apartados "D.9" y "D.10" del inventario precedente, sitos ambos en la CALLE002 n° NUM003 de Logroño.

    5).- Una cuarta parte indivisa del panteón en el cementerio San Martín de Laudio-Llodio (inmueble "C.9" del inventario).

    1. -ADJUDICACIONES A LA HERENCIA YACENTE DE DÑA. Eva :

    En pago de sus legados, se le adjudican en propiedad los siguientes bienes inventariados:

    1).- Una mitad indivisa de los pisos primero y segundo de la casa n° NUM004 de la CALLE003 de Llodio, así como el garaje de dicho inmueble emplazado en el lado sur (inmuebles inventariados bajo los epígrafes "C.5.1", "C.6.3").

    2).- Una mitad indivisa del piso primero izquierdo de la casa n° NUM000 de la CALLE000 de Llodio ("C.6.1" del inventario), y de las tres lonjas de dicha casa que no están al servicio del "Cine del Castillo" (las inventariadas bajo los epígrafes "C.6.2", "C.6.3" y C.6.4").

    3).- Una mitad indivisa de todas las lonjas de la casa n° NUM003 de la CALLE000 ("C. 7.1" a "C.7.4", ambas inclusive, del apartado inmuebles del inventario).

    4).- Una mitad indivisa del local sito en el n° NUM005 de la CALLE003 DE Llodio ("C.8" del inventario precedente).

    5).- Una mitad indivisa del piso 7º A de la calle Duquesa de la Victoria en Logroño (finca "C.2" del anterior inventario).

    6).- La mitad de los valores depositados en el BBVA, detallados en el apartado "B.3" del inventario.

    7).- La mitad de las rentas cobradas desde abril de 1.994 con motivo del arriendo de los inmuebles objeto de legado a su favor, según se detalla en los epígrafes "D1" a "D. (", ambos inclusive, del inventariado precedente.

    En pago de sus derechos hereditarios, se adjudica en propiedad los bienes que a continuación se detallan:

    1).- Una cuarta parte indivisa de la casa sita en el n° NUM003 de la CALLE002 n° NUM003 de Logroño, "C1") del inventario.

    2).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BCHA, actual SCH, relacionadas en el apartado "B1" del inventario de valores mobiliarios.

    3).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BANCO VASCONIA, epígrafe "B.2" del inventario.

    4) - Una cuarta parte de las rentas devengadas desde el mes de abril de 1.994 por el alquiler de los locales que se detallan en los apartados "D.9" y "D.10" del inventario precedente, sitos ambos en la CALLE002 n° NUM003 de Logroño.

    5).- Una cuarta parte indivisa del panteón en el cementerio San Martín de Laudio-Llodio (inmueble "C.9" del inventario).

    C.- ADJUDICACIONES AL OBISPADO DE CALAHORRA, Y A LOS NIETOS DEL CAUSANTE D. Juan Pedro Y D. Carlos José Y DÑA. Eva , D. Millán Y D. Benito .

    Para el pago de sus respectivos legados nos remitimos a lo indicado al respecto en las bases "Décima, "Undécima" y "Duodécima" precedentes.

  2. HERENCIA DE DÑA. Gabriela :

    1. - ADJUDICACIONES A D. Juan Pedro .

      En pago de sus legados, se le adjudican en propiedad los siguientes bienes inventariados:

      1).- Una mitad indivisa del pabellón cinematográfico conocido como "Cine del Castillo" en Laudio- Llodio ("C.4" del inventario precedente), con sus accesorios y complementos, entre los que se encuentran la mitad indivisa de los dos locales a la izquierda entrando al portal n° NUM000 de la CALLE000 ("C.6.5").

      2).- La mitad indivisa de la actual casa n° NUM001 (Ant NUM002) de la CALLE001 de Laudio-Llodio, nombrada "Zubikoa", inmueble "C.3" inventariado.

      3).- La mitad indivisa del garaje de puertas que da a la CALLE003 de Llodio, comunicado con el "Cine Castillo", inventariado bajo el epígrafe "C.5.4" precedente.

      En pago de sus derechos hereditarios, se le adjudica en propiedad los bienes que a continuación se detallan:

      1).- Una cuarta parte indivisa de la casa sita en el n° NUM003 de la CALLE002 n° NUM003 de Logroño, "C1") del inventario.

      2).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BCHA, actual SCH, relacionadas en el apartado "B1" del inventario de valores mobiliarios.

      3).- Una cuarta parte de las acciones depositadas en el BANCO VASCONIA, epígrafe "B.2" del inventario.

      4) - Una cuarta parte de las rentas devengadas desde el mes de abril de 1.994 por el alquiler de los locales que se detallan en los apartados "D.9" y "D.10" del inventario precedente, sitos ambos en la CALLE002 n° NUM003 de Logroño.

      5).- Una cuarta parte indivisa del panteón en el cementerio San Martin de Laudio-Llodio (inmueble "C.9" del inventario).

      6).- Una cuarta parte indivisa de los pisos primero y segundo de la casa n° NUM004 de la CALLE003 de Llodio, así como el garaje de dicho inmueble emplazado en el lado sur (inmuebles inventariados bajo los epígrafes "C.5.1", "C.5.2" y "C.5.3").

      7).- Una cuarta parte indivisa del piso primero izquierda de la casa n° NUM000 de la CALLE000 de Llodio ("C.6.1" del inventario), y de las tres lonjas de dicha casa que no están al servicio del "Cine del Castillo"(las inventariadas bajo los epígrafes "C.6.2", "C.6.3" "C.6.4").

      8) - Una cuarta parte indivisa de todas las lonjas de la casa n° NUM003 de la CALLE000 ("C.7.1" a "C.7.4", ambas inclusive, del apartado inmuebles del inventario).

      9).-...

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