STSJ Comunidad de Madrid 821/2004, 15 de Junio de 2004

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2004:7984
Número de Recurso356/1998
Número de Resolución821/2004
Fecha de Resolución15 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

Recurso nº 356/98

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00821/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 356/98

SENTENCIA Nº 821

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

D.Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a quince de junio de dos mil cuatro.

Vistos los autos del recurso número 356/98 que ante esta Sala ha promovido la Letrada Dª Estrella Zambrana Quesada, en nombre y representación de UNION SINDICAL OBRERA (U.S.O), sobre tasas. Ha sido parte la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado en fecha 9-2-98, acordándose su admisión en fecha 23-2-98, con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 22-10-98, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguienteanulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 27-5-99, en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

No solicitado el recibimiento a prueba, se dio traslado para conclusiones a las partes quienes alegaron lo conveniente y se señaló para votación y fallo el día 27-5-04, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución del Ministerio del Interior de fecha 15-11-1997, confirmada en fecha 29-4-1998, que denegó petición de gratuidad de compulsa de documentos presentada por el Sindicato recurrente "Unión Sindical Obrera".

SEGUNDO

La Disposición Transitoria Décima del Reglamento de Seguridad Privada aprobado por Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, completado o desarrollado por Orden Ministerial de 7-7-1995, estableció un sistema de canje de las antiguas habilitaciones de personal de seguridad por las nuevas que establecían la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y su Reglamento, canje que precisaba el acreditamiento documental de los requisitos de habilitación preexistentes. Como quiera que...

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