STSJ Cataluña , 11 de Octubre de 2002

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2002:11348
Número de Recurso2329/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso nº 2329/97 Partes: D. Braulio C/ DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA S E N T E N C I A Nº 1341 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUÍS GÓMEZ RUÍZ En la ciudad de Barcelona, a once de octubre de dos mil dos VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

2329/97, interpuesto por D. Braulio , en nombre y representación propios, contra LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, representada y defendida por el LETRADO DEL ESTADO. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUÍS GÓMEZ RUÍZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de fecha 13 de noviembre de 1997 desestimatorio del abono de la gratificación por turnos rotatorios por importe de 6.500 ptas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 5 de diciembre de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 11 de octubre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente, funcionario de la Escala Básica a del Cuerpo Nacional de Policía, impugna la resolución de la Dirección General de la Policía de 13 de Noviembre de 1997, desestimatoria de la solicitud de abono de la gratificación de turnos rotatorios por importe de 6.500 pesetas mensuales, desde el 1 de marzo de 1996 .

SEGUNDO

El Acuerdo de medidas económico-funcionariales entre el Ministerio del Interior y Sindicatos del Cuerpo Nacional de Policía, de...

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