STSJ La Rioja , 19 de Octubre de 2000

PonenteJOSE LUIS DIAZ ROLDAN
ECLIES:TSJLR:2000:913
Número de Recurso708/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Diecinueve de Octubre de dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, y completada por el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, la siguiente:

S E N T E N C I ANº 565 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 708/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento ordinario, a instancia de Dª.

Sandra , representada por el Procurador Don FRANCISCO-JAVIER GARCÍA APARICIO y defendida por el Letrado Don ALFONSO LÓPEZ VILLALUENGA, siendo demandada la CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el SR. ABOGADO DE GOBIERNO y como codemandados Dña. Elisa , representada y defendida por el Letrado Don ANDRÉS PASCUAL CARRILLO y Don Ricardo y Dña. Remedios , representados y defendidos por el Letrado Don ISIDRO JESUS CARO RODRÍGUEZ; recurso cuya cuantía es indeterminada.

I,/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 3 de septiembre de 1998 se interpuso ante esta Sala y a nombre de Dª Sandra recurso contencioso-administrativo contra Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 26 de Agosto de 1998, sobre cese como funcionaria interina del cuerpo Administrativo de Administración General; así como contra la Orden 77/98, de 25 de Agosto de 1998, por la que se nombran funcionarios de Carrera del Cuerpo Administrativo de la Administración General.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 8 de Abril de 1999, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO: dictar Sentencia por la que, estimando el presente recurso, se declare como no ajustada a Derecho, y en consecuencia la anule, no sólo la Resolución de la Directora de la Función Pública de 26-8-1996 por la cual resuelve cesar a mi mandante como funcionaria interina del Cuerpo Administrativo de la Administración General con efectos de la toma de cese, sino la Orden 77/98 de 25 de Agosto de 1998, en cuanto decretó la toma de posesión de los funcionarios nombrados, todo ello con imposición de costas a la Administración".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma. Igual solicitud formularon las representaciones procesales de los codemandados en la litis.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, tras lo cual se señaló, para votación y Fallo del asunto, el día 19 de octubre de 2000, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la actora se impugna la resolución del Consejero de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja, de fecha 26 de Agosto de 1998, que acordaba su cese como funcionaria interina del Cuerpo Administrativo de Administración General, con efectos de la toma de posesión de Dña. Elvira . Así como la Orden 77/98, de 25 de Agosto, del citado Consejero por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Administrativo General.

Muestra la demanda su disconformidad con su cese, y entiende que el mismo infringe el artículo...

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