STSJ Navarra , 6 de Abril de 2001
Ponente | JOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJNA:2001:695 |
Número de Recurso | 1166/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. FELIPE FRESNEDA PLAZA D. JOSÉ L. RIUDAVETS GONZÁLEZ En Pamplona, a seis de abril de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1166/98, promovido contra el apartado 2º del Acuerdo adoptado por la Mesa del Parlamento de Navarra en sesión celebrada el día 28 de abril de 1.998, consistente en declarar que en el supuesto de reintegro de la recurrente al servicio activo en el parlamento Europeo procederá la situación de excedencia voluntaria en el Parlamento de Navarra., siendo en ello partes: como recurrente Dª Teresa representada y dirigida por el Letrado Sr. Percaz; como demandado EL PARLAMENTO DE NAVARRA representado y dirigido por el Letrado Sr. García Yarnoz y como codemandada Dª María Cristina representada por la Procuradora Sra. Muñiz y dirigida por el Letrado Sr. Beaumont.
Dª Teresa , parte actora en el presente recurso contencioso- administrativo, es funcionaria del Parlamento de Navarra, con categoría de Administrativa y con fecha 1 de enero de 1988 fue nombrada funcionaria del Parlamento Europeo, encontrándose en el Parlamento de Navarra en situación de servicios especiales, según Acuerdo de la Mesa de dicho Parlamento, de 23 de febrero de 1.988.
Con fecha 12 de diciembre de 1.997, la citada funcionaria solicitó del Parlamento Europeo una excedencia voluntaria, al amparo de lo dispuesto en el artículo 40 del Estatuto del Personal de las Comunidades Europeas, para el período comprendido entre el 16 de febrero de 1988 hasta el 15 de agosto de 1998, que le fue concedido mediante decisión del Sr. Director de Personal y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 1.998, en cuyo artículo único se dice que "Madame Teresa est mise en congé de convenance personelle du 16.02.1998 au 15.08.1998".
Obtenida la excedencia voluntaria en el Parlamento Europeo, con fecha 10 de febrero de 1998, solicitó su reincorporación al servicio activo en el Parlamento de Navarra.
Tras diversos trámites, que quedan reproducidos en el expediente administrativo, la Mesa del
Parlamento Foral, de 28 de abril de 1.998, adoptó un acuerdo en que se determinaba la incorporación de la Sra. Teresa al servicio activo y, en el segundo punto de dicho Acuerdo, se decía: "Declarar que en el supuesto de reingreso de Dª Teresa al servicio activo en el Parlamento Europeo procederá la situación de excedencia voluntaria en el Parlamento de Navarra". Y frente al citado punto segundo del Acuerdo señalado, la interesada interpone el presente recurso contencioso-administrativo, solicitando en el suplico de su demanda que se declare no conforme a Derecho dicho Acuerdo, anulándolo totalmente, con expresa imposición de costas a la parte recurrida, pretensiones a las que se opone la parte demandada, que solicita la íntegra desestimación del recurso, por ser el citado punto segundo, conforme a Derecho.
Por Diligencia de Ordenación, de 29 de julio de 1998, se tuvo por comparecida en tiempo y forma a la Procuradora, Sra. Muñiz, en nombre y representación de doña María Cristina , en calidad de parte codemandada, quien no formuló contestación a la demanda.
Recibido el recurso a prueba se practicaron las de carácter documental propuestas por la parte actora, con el resultado que consta en los autos.
Por Providencia de 19 de marzo de 2001, se señaló para votación y fallo, el día 5 de abril del mismo año.
Por permiso oficial del Magistrado-Ponente, Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Pueyo Calleja, se turnan los presentes autos en favor del Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ L. RIUDAVETS GONZÁLEZ.
Como se deduce...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba