STSJ Cataluña , 13 de Diciembre de 2000
Ponente | EMILIO DE COSSIO BLANCO |
ECLI | ES:TSJCAT:2000:15827 |
Número de Recurso | 6503/2000 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rollo núm. 6503/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL gg ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMO. SR. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY En Barcelona a 13 de diciembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 10238/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por el I.C.S frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº3 Barcelona de fecha 27 de abril de 2000 dictada en el procedimiento nº 1292/1999 y siendo recurrida Dª.
Leonor . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO.
Con fecha 23 de diciembre de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Personal Estatutario, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de abril de 2000 que contenía el siguiente Fallo:
Estimando íntegramente la demanda rectora de autos, promovida por DOÑA Leonor , frente al INSTITUT CATALA DE LA SALUT, sobre reconocimiento de derecho de la actora a la concesión de un día de permiso retribuído para asistir al examen del Nivel B de la Junta Permanent de Català de la Direcció de Política Lingüistica que tuvo lugar el dia 05.06.99. No pudiéndose imputar dicho día de permiso retribuído a recuperación o compensación, condenando al Institut Català de la Salut a estar y pasar por esta declaración.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"Primero.- La actora, DOÑA Leonor , de las demás circunstancias personales que figuran en el encabezamiento de la demanda, con D.N.I. nº NUM000 , inició su prestación de servicios en fecha 01.01.84, por cuenta y orden del INSTITUT CATALA DE LA SALUT, en el servicio de Oncología del Hospital de la Vall d'Hebrón, con la categoría profesional de diplomada de enfermería y salario mensual de 345.000 pesetas mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.
La demandante no ostenta ni ha ostentado en el último año la representación legal ni sindical de los trabajadores.
En fecha 05.06.99, la actora se presentó al examen oficial de Lengua Catalana, convocado por el Departament de Cultura de la Generalitat de Catalunya-Direcció General de Política Lingüistica (Junta Permanent de (Català).
La realización de dicho examen fué en horario de mañana a las 9 horas y de 17,30 horas de la tarde.
La actora preavisó a la Supervisora de la fecha y horario de examen por coincidir con su jornada laboral de 8 a 20 horas, ocupando toda la jornada.
La demandante presentó justificación -docs nº 1, 3 y 4 p. actora-, y solicitud del permiso debidamente cumplimentado en su día a la Supervisora, doc nº 2 p. actora, siéndole devuelto por el Departament de Secretaría Técnica y se le informó verbalmente que no le correspondía el permiso a disfrutar como permiso de examen, constando informe...
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