STSJ Navarra 322, 23 de Marzo de 2006

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2006:322
Número de Recurso467/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución322
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 209/2006 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. FCO JAVIER FERNÁNDEZ URZAINQUI D. ANTONIO RUBIO PÉREZ En Pamplona/Iruña a veintitrés de marzo de dos mil seis.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso nº 0000467/2005 promovido contra Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de 26-07- 2005, que desestima el recurso de alzada interpuesto sobre el expte.

nº 200502406, contra la denegación del Complemento Específico de Zona Conflictiva correspondiente a los 20 días del permiso de incorporación a la Unidad de su actual destino siendo en ello partes: como recurrente Jon , quien como funcionario asume su propia representación; y, como demandado, LA ADMINISTRACIÓN representado y defendido por el Letrado/a del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito presentado el 25 de noviembre de 2005 se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en suplica de que se dicte sentencia, por la que se "condene a la Administración al reconocimiento del derecho al percibo del complemento de zona conflictiva por los días que no le retribuyó, así como al incremento del interés legal del dinero que proceda, con expresa imposición de costas a la demandada si se opusiere".

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito presentado el 21 de diciembre de 2005 se opuso a la demanda la Administración demandada.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba ni trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que ha tenido lugar el pasado día 22, siendo ponente el Iltmo.

Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Socita el recurrente (guardia civil) que se le abone el complemento de zona conflictiva correspondiente a los veinte días (los últimos días 20 días de enero de 2005) que mediaron entre la publicación de su destino a una Unidad en Navarra y su incorporación efectiva a la misma. En el momento de dicho destino desempeñaba otro en comisión de servicio en Guipúzcoa, territorio en el que, como es sabido, también se devenga dicho complemento que en efecto le fue a él abonado por los diez primeros días del...

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