STSJ Cataluña , 22 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2001:14521
Número de Recurso1780/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 1780/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL XTR ILMO. SR. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA En Barcelona a 22 de noviembre de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 9131/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Amparo frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº12 Barcelona de fecha 29.11.00 dictada en el procedimiento nº 667/2000 y siendo recurrido/a I.N.E.M..

Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19.7.00 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29.11.00 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por la parte actora Dña. Amparo contra Instituto Nacional de Empleo, en reclamación por prestaciones por desempleo debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos de la parte actora, confirmando la resolución administrativa impugnada."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- Por resolución del INEM de fecha 30 de marzo de 2000 se resolvió denegar la solicitud de la parte actora de abono de la prestación por desempleo en la modalidad de pago único formulada el dia 28 de julio de 1999, notificada mediante resolución de fecha 10 de abril de 2000, por entender que: l'empresa a la que sol×licita incorporar-se (CREMALLERAS DEL VALLES S.A.L.) està situada en el mateix domicili que l'empresa que el va acomiadar per causes objectives (CREMALLERAS RUBI, S.A.) i ambdues tenen, indistintament, el mateix centre de treball (folio nº 80 y 119).

  1. - En fecha 25 de mayo de 2000 la parte actora presentó reclamación previa (folio nº 4 a 6) que fue desestimada por resolución de fecha 31 de mayo de 2000, reproduciendo tales pretensiones en via jurisdiccional.

  2. - La parte actora prestó servicios para la empresa Cremalleras Rubí, S.A. desde el dia 2 de enero de 1997 hasta el dia 19 de julio de 1999 fecha en que se extinguió su relación laboral (al igual que otros 5 compañeros en idénticas circunstancias) por Despido por causas objetivas (folio nº 36 a 37); reconociendosele una prestación contributiva por desempleo al dia siguiente de la extinción.

  3. - El dia 20 de julio de 1999 la parte actora solicitó ser aceptada como socia-trabajadora de la empresa Cremalleras del Vallés, S.A.L. mediante escrito que se da por reproducido por obrar en Autos (folio nº 126), pretensión que fue aceptada al dia siguiente de su solicitud, previa capitalizacion de sus prestaciones por desempleo (folio nº 127), siendo dada de alta enla Seguridad Social el dia 29 de julio de 1999, realizando las mismas funciones que en la anterior empresa en la que prestaba sus servicios.

  4. - La Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió informe en fecha 11 de febrero de 2000 en el que manifestó que no procedía la aprobación de la solicitud de pago único de la prestación por desempleo instada. Informe que se da por reproducido por obrar en Autos (folios nº 29 a 33).

  5. - La empresa Cremelleras Rubí, S.A. con N.I.F. nº A58/013772 fue constituida el dia 14 de mayo de 1985, con domicilio social en Rambla de Catalunya nº 54 de Barcelona, y centro de trabajo situado en Calle Tres de Abril nº 6 de Rubi (del que es propietaria esta mercantil), su objeto social era: fabricación y comercialización de todo tipo de cremalleras y cierres de prendas de vestir y deportivas con cualquier material, si bien se dedica a su comercialización. Por modificación de sus Estatutos en fecha 12 de enero de 1987 pasa a denominarse Sociedad Anonima Laboral, constando 162 socios eldia 23 de diciembre de 1999, de los que 150 lo son tambien de la empresa Cremalleras del Vallés, S.A.L. 7º.- La empresa Cremalleras del Vallés. S.A.L. con N.I.F. nº A 59/864678 fue constituida el dia 22 de julio de 1991, con domicilio social en Rambla de Catalunya nº 54 de Barcelona, y centro de trabajo situado en Calle Tres de Abril nº 6 de Rubí (local alquilado a la empresa propietaria del mismo Cremalleras Rubí, S.A.) siendo su objeto social: fabricación de cremalleras y cierres metálicos y otras pequeñas piezas metálicas aptas para aplicaciones textiles u otras aplicaciones, si bien se dedica a su producción.

Constando 150 socios el dia 23 de diciembre de 1999, entre los que consta la parte actora, los cuales lo son tambien de la empresa Cremalleras Rubí, S.A. 8º.- Ha sido agotada la via previa administrativa."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la...

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