STSJ Cataluña , 5 de Julio de 2002

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2002:8449
Número de Recurso109/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Rollo de apelación nº 109/02 Partes: D. Carlos Miguel C/ AYUNTAMIENTO DE CAMBRILS S E N T E N C I A Nº 650 Ilmos. Sres Magistrados.:

D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a cinco de Julio de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 109/02, interpuesto por D. Carlos Miguel , representado y asistido por el Letrado Gustavo Alvarez Rubio, contra EL AYUNTAMIENTO DE CAMBRILS, representado y asistido por el Letrado D. Gustavo Álvarez Rubio. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

El Auto apelado contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "El Ilmo Sr. D. EDUARDO SAAVEDRA MALDONADO, Magistrado-Juez de lo Contencioso Administrativo núm. uno de Tarragona, DECIDE: Se autoriza al AYUNTAMIENTO DE CAMBRILS para entrar en el inmueble situado en la CALLE000 nº NUM000 , de Cambrils, del que es titular Carlos Miguel , debiendo participarse por dicho Ayuntamiento al interesado, con suficiente antelación, la fecha en que la misma haya de llevarse a cabo, debiendo dar cuenta a este Juzgado del resultado de esta actuación"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en un solo efecto, por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como apelante D. Carlos Miguel y como parte apelada la representación procesal del AYUNTAMIENTO DE CAMBRIS.

TERCERO

Desarrollada la apelación y no habiéndose interesado el recibimiento a prueba, se dió traslado a las partes para la presentación de conclusiones, que efectuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día cuatro de Junio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

Don Carlos Miguel impugna el Auto de 13 de diciembre de 2.001 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Tarragona autorizando la entrada en el inmueble nº NUM000 de la C/

CALLE000 de Cambrils.

SEGUNDO

De los hechos ministrados en el incidente se acredita lo siguiente: a) El Ayuntamiento de Cambrils el 2 de octubre de 2000 inició expediente de Protección de la legalidad urbanística contra Dn. Carlos Miguel por obras realizadas sin licencia y no legalizables en el inmueble nº NUM000 de la C/

CALLE000 de Cambrils, consistentes en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR