STSJ Andalucía , 2 de Febrero de 2002

PonenteJOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA
ECLIES:TSJAND:2002:1797
Número de Recurso104/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Ilmos. Sres.

D. José Moreno Carrillo.

D. Heriberto Asencio Cantisán.

D. José Ángel Vázquez García.

En Sevilla, a 2 de febrero de 2002.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del Rey el recurso número 104/2000, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: D. Jesús Manuel , representado por el Procurador D. Mauricio Gordillo Cañas y asistido de Letrado. DEMANDADA:

TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA., representado y defendido por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala, dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.

SEGUNDO

En su contestación la parte demandada solicita dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto.

TERCERO Señalado día para la votación y Fallo del presente recurso ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ángel Vázquez García.

FUNDAMENTOS DF DERECHO

PRIMERO

Se impugna en el presente proceso el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de fecha 26 de octubre de 1999 por el que se desestima la reclamación n°

14/1117/98 formulada contra la liquidación provisional n° 95140380031000000130, practicada por la Administración de Lucena (Córdoba) de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1995, por un importe de 6.867,07 euros (1.142.585 ptas).

SEGUNDO

Según resulta de la autodeclaración del IRPF del sujeto pasivo, en la determinación de los gastos deducibles para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario procedente de inmuebles arrendados, incluyó el contribuyente en el apartado de gastos de conservación y reparación la cantidad de 1.840.056 ptas y que según las facturas aportadas se corresponde con los gastos llevados a cabo para la adaptación de un local comercial propiedad del actor a fin de ser destinado como sede del

Juzgado de Cabra, en virtud de contrato de arrendamiento celebrado entre el demandante y el Delegado Provincial de Economía y Hacienda de Córdoba el 18 de abril de 1995 y a tenor...

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