STSJ Cantabria , 18 de Julio de 2003

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2003:1524
Número de Recurso736/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00559/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Don Santiago Pérez Obregón En la Ciudad de Santander, a 18 de Julio de 2003.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 736/02 , interpuesto por DON Luis Antonio , representado por el Procurador Don Carlos de la Vega-Hazas Porrúa y defendido por la Letrado Doña María Alvarez Lainz, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 1.255,71 . Es Ponente el Ilmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 31 de Julio de 2002 contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de fecha 31 de Mayo de 2002, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa nº 39/01367/01 interpuesta por el recurrente contra acuerdo dictado por al Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación en Cantabria de la Agencia Tributaria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1999.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

No solicitado el recibimiento del proceso a prueba, se señaló fecha para la vista que tuvo lugar el día 17 de Julio de 2003, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de fecha 31 de Mayo de 2002, desestimatoria de la reclamación económico- administrativa nº 39/01367/01 interpuesta por el recurrente contra acuerdo dictado por al Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación en Cantabria de la Agencia Tributaria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1999.

SEGUNDO

El art. 4.2 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece claramente los supuestos en que los gastos de manutención y estancia se consideran exceptuados de gravamen, indicando...

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