STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Noviembre de 2002

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2002:10993
Número de Recurso377/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° " 377/99"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a 13 de noviembre de dos mil dos VISTO por la Sección Terrera de fa Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos.Srs. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente, D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y Doña ROSARIO VIDAL MAS, Magistrados, han pronunciado la siguiente SENTENCIA NUM: 1854/02 En el recurso contencioso administrativo num. 377/99, interpuesto por la Union Sindical Obrera de la Comunidad Valenciana, representada por la Procuradora Doña Mª Luisa Sempere Martínez, contra la resolución de 16 de noviembre de 1998 del Conseller de Ocupacion Industria y Comercio de la Generalidad Valenciana que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la desestimación tacita de de su solicitud de adopción de medidas para proporcionar financiación a la agencia de colocación creada por la actora.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la GENERALIDAD VALENCIANA, representada y defendida por sus Servicios Jurídicos, así como la CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DEL PAIS VALENCIANO, representada por el Procurador Dª. ESPERANZA DE OCA ROS y asistida por el Letrado D. JUAN CAMARASA; la Central Sindical UNION GENERAL DE TRABAJADORES DEL PAIS VALENCIANO, representada por el Procurador D. JULIO JUST VILAPLANA y dirigida por el Letrado Dª. ANA Mª MEJIAS GARCIA; y la FUNDACION SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO, representada el Procurador D. FRANCISCO ALARIO MON; y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL A. OLARTE MADERO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida; por parte de M° Fiscal se solidó la estimación de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 13 de noviembre de dos mil dos. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente proceso la la resolucion de 16 de noviembre de 1998 del Conseller de Ocupación Industria y Comercio de la Generalidad Valenciana que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la desestimación tacita de de su solicitud de adopción de medidas para proporcionar financiación a la agencia de colocación creada por la actora; basando su impugnación en que con la denegación de su solicitud de financiación de la agencia de colocación creada por el sindicato actor se lesiona su derecho de libertad sindical reconocido en el art 28.1 de la CE, dentro del que se comprende el principio de igualdad de trato y de la prohibición de los poderes públicos a alterar con su intervención la libertad de igualdad en el ejercicio de la actividad sindical dotando a unos sindicatos de medios económicos de los que se priva a otros.

El parametro comparativo de la actora se encuentra, según ella, en que en los presupuesto de la Direccion General de Empleo y Economía Social de la Conselleria para el año 1998 y 1999 se contemplaban una dotación en su programa de empleo destinada al Servicio...

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