STSJ Comunidad de Madrid 448/2006, 26 de Junio de 2006
Ponente | BENEDICTO CEA AYALA |
ECLI | ES:TSJM:2006:8414 |
Número de Recurso | 1509/2006 |
Número de Resolución | 448/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
ENRIQUE JUANES FRAGA MANUEL POVES ROJAS BENEDICTO CEA AYALA
RSU 0001509/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6
MADRID
C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27
Tfno. : 91.319.92.31
N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001
40126
ROLLO Nº: RSU 1509-06
TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION
MATERIA: DERECHOS
Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 13 de MADRID
Autos de Origen: DEMANDA 328-05
RECURRENTE/S: MINISTERIO DE DEFENSA
RECURRIDO/S: DOÑA Francisca, ACANTO CENTRO DE
ESTUDIOS S.L. Y AFTER SCHOOL ACTIVITIES S.L.
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
En MADRID, a veintiséis de junio de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº
En el recurso de suplicación nº 1509-06 interpuesto por el Letrado del Estado, en nombre y representación del MINISTERIO DE DEFENSA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de los de MADRID, de fecha DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO, ha sido Ponente el Ilmo Sr. D.BENEDICTO CEA AYALA.
Que según consta en los autos nº 328-05 del Juzgado de lo Social nº 13 de los de Madrid, se presentó demanda por DOÑA Francisca contra MINISTERIO DE DEFENSA ACANTO CENTRO DE ESTUDIOS S.L. Y AFTER SCHOOL ACTIVITIES S.L., en reclamación de DERECHOS, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por DOÑA Francisca frente al MINISTERIO DE DEFENSA, ACANTO CENTRO DE ESTUDIOS S.L. Y AFTER SCHOOL ACTIVITIES S.L., debo: 1.- Declarar que la empresa Alter School Activities S.L. (antes denominada Acanto Centro de Estudios S.L) ha contratado a la actora para cederla ilícitamente al Ministerio de Defensa. 2º.- Declarar en consecuencia el derecho de Dª Francisca a adquirir, a su elección, la condición de fijo bien en la empresa After School Activities S.L., bien en el Ministerio de Defensa, en todo caso con una antigüedad del 1.10.02. 3º.- Condenar a la empresa Alter School Activities S.L. y al Ministerio de Defensa a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como al ejercicio de la elección por parte de Dª Francisca."
En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1º) PRIMERO.- La actora, Dª Francisca, ha venido prestando servicios por cuenta del Ministerio de Defensa y de la empresa After School Activities SL (antes denominada Acanto, Centro de Estudios SL) en virtud de los contratos de trabajo a que luego se hará mención, con la categoría de Titulado Superior (Profesora Licenciada) y una antigüedad del 1.10.02. SEGUNDO.- El centro en que ha prestado servicios es el Colegio Menor Nuestra Señora de Loreto. TERCERO.- E1 titular de este Colegio es el Ministerio de Defensa. CUARTO.- La actora ha celebrado con la empresa After School Activities SL los siguientes contratos para obra o servicio determinado por los períodos que respectivamente se indica:
- 10.01.02a30.06.02, a tiempo parcial de 17 horas a la
semana.
- 04.09.02a30.06.05, a tiempo parcial de 17 horas a la
semana.
- 01.09.03a20.10.03, á tiempo parcial de 17 horas a la
semana.
- 04.12.03 a 30.06.04, a tiempo completo.
- 03.09.04 a 30.04.05, a tiempo completo.
Asimismo, la actora ha celebrado con el Ministerio deDefensa los siguientes contratos eventuales poscircunstancias de la producción por los períodos que respectivamente se indica:
-20.10.03a03.11.03
-04.11.03a18.11.03
-19.11.03a03.12.03
La actora prestó además servicios en el indicado Colegio del 01.09.02 al 03.09.02 y del 01.09.04 al 02.09.04.
La actora (Licenciada en Filología) ha impartido como profesora del indicado Colegio las asignaturas y en los cursos que respectivamente se indican:
CURSO - ASIGNATURA - 2001/02 Inglés en 3°, 4° ESO y 1°,2° de Bachillerato. - 08/01/02 al 30/06/02 Tutora 3° ESO "B"-- 2002/03, 01/09/02 al 30/06/03 Inglés en 1°, 2° y 3° de ESO Tutora 1° ESO "C" - 2003/0401/09/03 al 30.06.04.. Inglés en 1° y 2° de ESO Tutora 20 ESO "C" - 2004/5, 01/09/04 al 17/01/05 Inglés en 1° y 2° de ESO Tutora de 1º ESO C.
Desde el curso 2002 la actora ha prestado servicios a tiempo completo en el indicado Colegio. NOVENO.- La actora formé parte del equipo directivo del indicado Colegio, participando en la elaboración del programa educativo. DECIMO.- Por carta de fecha 14.4.05 la actora comunicó a la empresa After Scool Activities SL que causaría baja voluntaria el 30.4.05. DECIMOPRIMERO.- E1 30.4.05 la actora firmó un documento de los denominados de finiquito del siguiente tenor:
"DOn/a Francisca que viene prestando sus servicios en esta empresa desde 03-09-04, causa baja en la misma (voluntaria), con fecha 30-04-05 en la que queda rescindido el contrato de trabajo. Y declara formalmente recibir la cantidad de 1412 Euros en concepto de FINIQUITO.
SALARIO BASE 1.153,86
P.P. Vacaciones384,62
P.P. Paga Extra192,32
Cont. Comunes 81,35
Desempleo 27,69
For. Profesional 1,73
I.R.P.F. 207,69
Con el percibo de la referida cuantía queda totalmente saldado y finiquitado por toda calse de conceptos con la citada empresa, comprometiéndose a no reclamar por concepto alguno que pudiera derivarse de la expresada relación laboral que queda expresamente concluida." DECIMOSEGUNDO.- El 9.5.05 la actora suscribió con el Ministerio de Defensa un contrato de trabajo de carácter interino. DECIMOTERCERO.- A la empresa After School Activities SL se ye adjudicó por el Ministerio de Defensa sendos contratos de "Servicios de apoyo a la enseñanza para el Colegio Menor Señora de Loreto" mientras la actora prestó Servicios en éste. DECIMOCUARTO.- Según el Pliego de prescripciones técnicas -todos ellos análogos-, el objeto del contrato es el Siguiente: "EL objeto del presente pliego es la prestación de un servicio de apoyo a la enseñanza con profesores titulados que cubran las necesidades del colegio producidas por vacantes o bajas temporales." DECIMOQUINTO.- Asimismo, los trabajos a realizar según el Pliego de prescripciones técnicas son los siguientes: "a) Los trabajos a realizar consistirán en: Impartir clases en los distintos niveles educativos, de acuerdo a la metodología y criterios establecidos en el Colegio. b) El personal deberá ser: Profesor Licenciado en las Especialidades Requeridas (con CAP) Profesor Primaria Profesor Primaria (Especialidad Infantil) c) La prestación del servicio podrá ser, en cada caso, por jornada completa, media jornada o un cuarto desornada. d) Si el rendimiento fuera inferior a lo normal, será notificado a la empresa contratante, que se encargará de solventar el problema o en su caso, sustituir al personal necesario, a la mayor brevedad posible, siendo el plazo límite de 5 días laborales. En caso contrario se procederá a la resolución del contrato.
e) Cualquier relación entre el Colegio y el personal apostado, tanto disciplinario como de emolumentos, etc., lo será de la empresa adjudicataria."DECIMOSEXTO.- El 15.4.05 la actora interpuso la...
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