STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Mayo de 2004

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2004:6457
Número de Recurso18/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00719/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO Nº 18/03 SENTENCIA NÚM. 719 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Francisca Rosas Carrión Dª. María Jesús Vegas Torres D. José Felix Martín Corredera D. Francisco Javier Sancho Cuesta En la Villa de Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 18/03, interpuesto por el Procurador D. Antonio Orteu Del Real, en nombre y representación de D. Eugenio , contra la resolución de la Embajada de España en Bucarest de fecha 4-12-2002, sobre denegación de visado; siendo parte la EMBAJADA DE ESPAÑA EN BUCAREST, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando senten-cia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspon-dientes en relación con la ac-tuación administrati-va impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fun-damentos de derecho que consideró pertinen- tes, la parte terminó supli-cando el manteni-miento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se llevarón a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes el término de diez días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 4 de mayo de 2004, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la resolución dictada en fecha de 4.12.02 por la Embajada de España en Bucarest mediante la que, con invocación del artículo 17 del Real Decreto 864/2001 y con base en informe desfavorable de la autoridad laboral, se denegó a don Eugenio , nacional de Rumanía el visado de residencia para trabajo por cuenta ajena que había solicitado.

Se insta en la demanda la anulación de la resolución impugnada y que se reconozca el derecho del recurrente a la concesión del visado pedido, alegándose, en esencia, como principales motivos de impugnación que en el caso de autos concurren todos los requisitos para la concesión del visado así como la falta de motivación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Es de significar que en el expediente administrativo remitido a la Sala no consta materialmente el informe de la autoridad laboral que constituyó el fundamento de la decisión administrativa recurrida, que se afirma emitido por la Subdelegación del Gobierno...

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