STSJ Aragón , 2 de Julio de 2004

PonenteRICARDO JOSE CUBERO ROMEO
ECLIES:TSJAR:2004:1951
Número de Recurso181/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso de Apelación 181/2003 Zaragoza, 2 de julio del año 2004 SENTENCIA n° 596/2004 Que dicta la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (SECCIÓN PRIMERA) DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, compuesta por los Ilmos, señores Magistrados, don Ricardo Cubero Romeo, Presidente, don Jesús Arias Juana, doña Isabel Zarzuela Ballester y doña Nerea Juste Diez de Pinos, en el recurso de apelación referido más arriba, interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO, contra la sentencia 33/2003, dictada el 22 de mayo, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel en el procedimiento ordinario 42/2003 , seguido a instancia de don Franco , representado por el Procurador don Carlos García Dobón y defendido por el Letrado don Joaquín Estebanell Aranl, contra resolución del Subdelegado del Gobierno en Teruel, de fecha 8 de agosto de 2000, que acordó la expulsión, por un periodo de cinco años, del citado ciudadano marroquí.

  1. Antecedentes de hecho 1.- El referido Juzgado de lo Contencioso-administrativo dictó la mencionada sentencia cuya parte dispositiva dice: "Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Carlos García Dobón, actuando en nombre y representación de Franco , contra la resolución del Subdelegado del Gobierno de Teruel, dictada el 8 de agosto de 2000, por la que se acuerda la expulsión del territorio del Estado Español de DON Franco por un periodo de cinco años, y declaro la nulidad de la resolución impugnada. Sin condena en costas".

Notificada la anterior sentencia a las partes, por el Abogado del Estado se interpuso contra la misma recurso de apelación solicitando que, con revocación de la sentencia de instancia, se dictase otra por la que fuese ratificada la resolución administrativa impugnada y, subsidiariamente y anulando asimismo el acto impugnado, se decretase la retroacción de las actuaciones al momento anterior a ser dictada la repetida resolución administrativa.

Dado traslado del citado escrito al representante procesal del actor, aquí parte apelada, formuló las legaciones oportunas en orden a solicitar finalmente la confirmación de la sentencia apelada con previa desestimación del recurso interpuesto por la Administración General del Estado.

  1. - Remitidas las actuaciones, fue señalado para deliberación, votación y fallo el día de ayer, del presente mes y año.

Es ponente, El Iltmo. Sr. don Ricardo Cubero Romeo, Presidente de la Sala II.- Fundamentos de derecho

Primero...

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