STSJ Comunidad de Madrid 1294/2007, 25 de Julio de 2007

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2007:8328
Número de Recurso222/2007
Número de Resolución1294/2007
Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 01294/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 1294

APELACIÓN NÚM. 222-2007

Letrada D.ª M.ª Salud Trigueros Fernández

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

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Madrid, 25 de julio de 2007

Visto por la Sala del margen el recurso de apelación nº 222/2007 interpuesto por la letrada D.ª M.ª Salud Trigueros

Fernández contra el auto 6 de marzo de 2007, dictado por el Juzgado nº 9 de esta ciudad en la pieza separada de medidas

cautelares del procedimiento abreviado 770/2006, por el que se concedía cautelarmente al recurrente D. Cosme la autorización provisional de residencia y trabajo hasta la conclusión del procedimiento por resolución firme; habiendo

sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La letrada interpone recurso de apelación contra el auto 6 de marzo de 2007, dictado por el Juzgado nº 9 de esta ciudad en la pieza separada de medidas cautelares del procedimiento abreviado 770/2006; y una vez visto en este Tribunal tanto el recurso como los autos remitidos por el Juzgado, se registró, se formó el oportuno rollo, señalándose para votación y fallo la audiencia del día 05/06/2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es se impugna en el presente recurso de apelación el auto 6 de marzo de 2007, dictado por el Juzgado nº 9 de esta ciudad en la pieza separada de medidas cautelares del procedimiento abreviado 770/2006, por el que se concedía cautelarmente al recurrente D. Cosme la autorización provisional de residencia y trabajo hasta la conclusión del procedimiento por resolución firme.

No conforme con la concesión de la medida cautelar, por el Abogado del Estado se interpuso recurso de apelación solicitando su revocación. Cuestionando la suspensión de los actos negativos, medida que en el presente caso excede del carácter revisor de la jurisdicción, anticipándose a la resolución sobre el fondo del litigio. La representación procesal del actor formalizó su oposición.

SEGUNDO

El Juzgado de instancia concede cautelarmente el permiso de trabajo y residencia por los motivos que describe en el último párrafo del fundamento cuarto, que por ser determinantes en su resolución transcribimos:

"Pues bien, en el caso de autos el recurrente aporta documentación acreditativa de la existencia de vínculos familiares en España al estar casado con persona que tiene permiso de residencia, tener un hijo menor el matrimonio y embarazada la esposa; de posibilidad real de su incorporación al mercado de trabajo, a tenor de la oferta acompañada; la adquisición de un inmueble como domicilio común donde habita el matrimonio junto con su hijo y necesidades económicas del núcleo familiar así como la ausencia de acreditación de conducta desfavorable posterior a los hechos que motivaron la causa penal y que el actor cumplió la pena que le fue impuesta; lo que justifica la adopción de la medida cautelar solicitada que resulta adecuada y proporcionada por cuanto, acreditado como está, el arraigo familiar, social y económico del recurrente y la posesión de autorización anterior de residencia y trabajo que pretende renovar,...

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