STSJ Comunidad de Madrid 794/2006, 18 de Mayo de 2006
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO |
ECLI | ES:TSJM:2006:6831 |
Número de Recurso | 413/2005 |
Número de Resolución | 794/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO JESUS CUDERO BLAS MARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCO CRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINA EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6
MADRID
SENTENCIA: 00794/2006
Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEXTA
APELACION Nº 413/2005
SENTENCIA Nº794
Ilmos. Sres:
Presidente: D. Jesús Cudero Blas
Magistrados:
Doña Teresa Delgado Velasco
Doña Cristina Cadenas Cortina
Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano
Doña Eva Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elias
En la Villa de Madrid, a 18 de mayo de 2006.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso de apelación numero 413/2005, interpuesto contra el Auto dictado el 22 de marzo de 2005 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 13 de los de Madrid en el recurso contencioso P.A. núm. 4/05. Ha sido parte apelante el Letrado don Edmundo García García, en defensa de doña Carmela y como apelado la Delegación del Gobierno en Madrid representada y defendida por la Abogacía del Estado. Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Madrid se dictó Auto, en fecha 22 de marzo de 2005 cuya parte dispositiva acordaba la inadmision y archivo del recurso administrativo interpuesto frente a resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid sobre expulsión del recurrente de territorio nacional.
Con fecha 19 de abril de 2005, por el Letrado don Edmundo García García, se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la revocación del Auto apelado, reconociéndose la representación a favor del Letrado firmante.
Recibidos los autos en esta Sala se señaló para votación y fallo el día 17 de mayo de 2006.
Ha sido Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
En el recurso contencioso interpuesto ante el Juzgado de instancia, firmado tan solo por el Letrado designado del turno de oficio, fue requerido para que se personase en el Juzgado con su patrocinada a fin de que firmase la demanda y se le otorgase apoderamiento bajo apercibimiento de archivo. El letrado dejo transcurrir tal plazo del requerimiento, por lo que se dicto por el Juzgado el Auto ahora impugnado, acordando el archivo de actuaciones. En apelación alega dicha parte apelante que ya ostentaba la representación por cuanto la había tenido en vía administrativa en virtud de la designación de oficio por el ICAM para asistencia al extranjero en el expediente, así como que su cliente se encontraba ilocalizable y que, en todo caso se solicitara la averiguación de Procurador de oficio.
La cuestión que ahora se plantea -y que ha sido resuelta más que correctamente por el Juzgado de instancia en el Auto que se impugna, cuyos acertados razonamientos no pueden ahora sino confirmarse- ya ha sido también objeto de pronunciamientos reiterados tanto por la Sección Primera como por esta Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia en ocasiones anteriores, siendo exponente de dicha doctrina...
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