STSJ Murcia , 20 de Diciembre de 1999

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
Número de Recurso497/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGION DE MURCIA SALA DE LO SOCIAL jc/- Rollo número 497/99 ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ Presidente.

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA ILTMO. SR. D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ Magistrados En la ciudad de Murcia a veinte de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO - 1.400 -- En el Recurso de Suplicación interpuesto por D. Francisco frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, recaída en autos número 1.265/97, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Francisco , en reclamación de Contrato de Trabajo (salarios), siendo demandados D. Jesus Miguel y el Fondo de Garantía Salarial, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en fecha 24-12-1998 por el Juzgado de lo Social de referencia , por la que se desestimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

En la citada Sentencia, y como hechos probados, se declaraban: "1º) El actor Francisco , ha venido trabajando para la Notaría de D. Juan Guardiola Más desde el 02- 04-1993, con la categoría profesional de copista y salario mensual de 201.711 ptas., incluida prorrata de pagas extraordinarias.- 2º) En fecha 24-06-1997 falleció D. Matías .- 3º) El demandado D. Jesus Miguel tomó posesión de dicha Notaría el 02-12-1997.- 4º) El demandado mediante escrito recibido por el actor el 01-12-1997 le comunicó a éste lo siguiente: "Muy Sr. mío: Pongo en su conocimiento que el próximo día 1 de Diciembre de este año de mil novecientos noventa y siete tomo posesión como titular de la Notaría de Murcia, cuyo anterior titular fue D. Matías .- Igualmente le comunico que he adoptado la decisión de no asumir la relación laboral que el citado Notario anterior mantenía con Vd. al amparo de lo dispuesto en los arts. 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores y del art. 16 del Convenio Colectivo para empleados de Notarías del Colegio de Albacete .- Siendo la causa de la extinción de su contrato la del fallecimiento del titular, ocurrido el día 24 de Junio del presente año, y tal como establecen los preceptos citados, pongo en a su disposición el importe equivalente a una mensualidad de su salario que, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras, asciende a la cantidad de pesetas ciento ochenta mil novecientas cuarenta y dos. Cantidad que pongo a su disposición desde este momento".- 5º) El demandante el 25-6-1997 causó baja en la Seguridad Social y desde el 26- 06-1997 se encuentra en situación de desempleo.- 6º) El actor reclama la cantidad de 549.756 ptas.

correspondiente a los conceptos salariales siguientes: salario junio 1997 (25 días) - 161.190 ptas.; p.p. extra junio 97 - 159.158 ptas.; p.p. extra navidad 1997 - 77.724 ptas.; p.p. vacaciones 97 (15 días) - 77.724 ptas.; p. extra productividad (números) -40.342 ptas.; p.p. extra abril Santo Patrón - 33.618 ptas.- 7º) En proceso 1266/97 por despido se dictó sentencia por este Juzgado el 27-02-1998, desestimando la pretensión del actor, y que ha sido confirmada por sentencia del T.S.J. de Murcia en sentencia de 15-06-1998 .- 8º) Se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación ante el U.M.A.C."; y el fallo fue del tenor literal siguiente:

"Desestimo la demanda interpuesta por D. Francisco , frente a Jesus Miguel , y a FONDO DE GARANTIA SALARIAL, a quienes absuelvo de la pretensión en su contra deducida".

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso Recurso de Suplicación por el Letrado D. Juan Antonio Ferrer Valera, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado D. Romualdo Faura García, en representación del demandado Sr. Jesus Miguel .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, D. Francisco , empleado de notaría, con categoría profesional de copista, interpuso demanda solicitando que los demandados le paguen 549.756 ptas.

La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando, en síntesis, a la luz del Convenio Colectivo aplicable (art. 16), que, en el presente caso, no aceptada la continuación de la actividad laboral del actor por parte del demandado, lo que expresamente se le comunicó a éste por escrito, no cabe sino la desestimación de la demanda, ya que falta el elemento esencial de la existencia de relación laboral al tiempo a que se contrae la reclamación de los conceptos salariales pretendidos, por lo que, en aplicación del art. 1214 del Código Civil , procedía la desestimación de la demanda.

El actor, disconforme, interpuso...

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