STSJ Cataluña , 25 de Octubre de 2004

PonenteSARA MARIA POSE VIDAL
ECLIES:TSJCAT:2004:11775
Número de Recurso5059/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL R.U. ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL ILMO. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA En Barcelona a 25 de octubre de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7398/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Almudena frente a la Sentencia del Juzgado Social 14 Barcelona de fecha 29 de marzo de 2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 31/2004 y siendo recurrido/a Siempre en Forma, S.L., Fondo Garantía Salarial y Hotel Princesa Sofía, S.L.. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. SARA MARIA POSE VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de enero de 2004 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29 de marzo de 2004 que contenía el siguiente Fallo:

"Que, en la demanda interpuesta por Doña Almudena contra SIEMPRE EN FORMA, S.L., Hotel Princesa Sofía S.L., y Fondo de Garantia Salarial, debo absolviendo a Hotel Princesa Sofía S.L., por falta de legitimación pasiva, estimar la excepción de incompetencia opuesta por la codemandada SIEMPRE EN FORMA S.L., dado el carácter mercantil de la relación que les une y remitir a la parte actora, en su caso, a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, sin entrar en el fondo del resto de pretrensiones planteadas por las demandantes."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante y una entidad no demandada propietaria en el año 1976 del hotel denominado "Princesa Sofía" suscribieron, en fecha 24 de mayo de 1.976, un contrato de arrendamiento de negocios de peluquería por el que se arrendaba. a la actora dos locales ubicados en el hotel en los que estaban instaladas .dos peluquerías, una de señoras y otra de caballeros, en los términos que figuran en el contrato y anexo obrante a folios 594 a 599 que se dan por reproducidos, siendo ambas explotadas por la demandante (reconocimiento en interrogatorio en juicio actora a pesar de haber negado previamente su existencia folio 61).

SEGUNDO

En fecha 25 de junio de 1.987 se constituye la sociedad "SIEMPRE EN FORMA, S.A.", de las 500 acciones integrantes de su capital social se suscriben 275 acciones por la entidad "Hostelería Unida, S.A.", 200 acciones por la actora y 25 acciones por el marido de la actora Don Carlos Alberto , siendo designados DIRECCION000 la entidad "Industrias Gasol, S.A." y la actora, ubicándose en el mismo local del hotel "Princesa Sofía" (Plaza Pío XII, s/n de Barcelona), siendo su objetivo social "la realización de todo tipo de actividades relacionadas con la gimnasia, cultura física, estética y belleza. La comercialización y representación de artículos, productos o sistemas relacionados con tales actividades" y "los servicios de peluquería para señora y caballero, así como de institutos y salones de belleza, en los que, entre otros servicios, se prestarán los de depilación por cualquier medio, limpieza de cutis y masajes" (documento folios 326 a 346 que se dan por reproducidos) .

En fecha 29 de junio de 1992 la referida entidad se transformó de sociedad anónima en limitada, adaptó sus estatutos, fijó su capital en 500 participaciones sociales, de las que City Grand Hoteles S.A. era titular de 275 participaciones, la actora de 200 participaciones y su esposo de 25 participaciones; se cesaba a los anteriores DIRECCION000 y se nombraba DIRECCION001 , por un plazo de 10 años, a Don Eugenio y a la actora (documentos folios 347 a 359 que se dan por reproducidos) .

En fecha 7 de abril de 1993, los citados DIRECCION001 , ante notario, confieren poder a favor de la actora para, entre otros, abrir y cancelar cuentas corrientes, seguir cuentas de crédito ya abiertas, comparecer ante los tribunales y administraciones públicas, entablar, contestar y seguir trámites e instancias procesales y demás que figuran en el documento obrante a a 366 que se dan por reproducidos.

En fecha 21 de febrero de 1995, cesan los DIRECCION001 , entre ellos la actora,se constituye un consejo de administración, integrado por Presidente, Vicepresidente y Secretario, nombrando la Junta General de Accionista a la actora como secretaria del consejo de administración, se concreta el domicilio social en Plaza Pío XII n° 4 de Barcelona (documentos folios 368 a 395 que se dan por reproducidos). El mismo día 21 de febrero de 1995, ante notario, la sociedad confiere poder a favor de la actora para entre otros adquirir bienes inmuebles y contratar servicios con un límite de 1.000.000 de pesetas, realizar diversos tipos de contratos con igual límite, contratar todo tipo de seguros, emitir cheques y ordenar transferencias con aquel límite, y otros en los términos que figuran en el documento obrante a folios 396 a 407 que se dan por reproducidos.

En fecha 12 de febrero de 1997, se aumentó el capital de la sociedad en 20.000.000 de pesetas, suscribiendo la actor a 8.000 participaciones por valor de 8.000.000 de pesetas y su marido 1.000 participaciones, conservando la actora el 40 por 100 del capital social y su marido el 5 por 100, y siendo 55 por 100 restante titularidad de Hotel Princesa Sofía S. L. (documentos folios 422 a 437 que se dan por reproducidos, interrogatorio en juicio actora folio 61, interrogatorio en juicio legal representante hotel folio 61 reverso) .

En fecha 17 de febrero de 2000 la actora del consejo de administración, continuando como consejera del indicado órgano de administración (documentos folios 408 a 421 que se dan por reproducidos) .

En fecha 17 de febrero de 2000 la sociedad otorgó poderes mancomunados a favor de la actora para, entre otros extremos, llevar la dirección de los negocios de la empresa, despedir y contratar empleados fijando sus funciones y retribución total, siempre y cuando esta retribución no exceda de 5.000.000 de pesetas, comprar y vender mercaderías, maquinaria y en general bienes muebles;constituir y retirar depósitos en metálico o valores; operar con la banca realizando todo cuanto la legislación y práctica bancaria permita, representar a la sociedad en juicio y fuera de él y demás facultades que figuran en el documento obrante a folios 451 a 462 que se dan por reproducidos. La actora ejercía las funciones conferidas en los referidos poderes (documentos folios 26 a 36, 605 a 837).

TERCERO

En fecha 16 de abril de 1998 la actora formuló en la Oficina Española de Patentes y Marcas solicitud de marca "América Deportivo" con indicación de servicios educación física (gimnasia) y enseñanza de gimnasia (gimnasio) (documento folio 463), operando la sociedad demandada Siempre en Forma S.L. con dicha marca (documento folio 239) .

CUARTO

La actora es administradora y apoderada de la entidad denominada América Spa Busines Consultant S.L., constituida el 27 de octubre de 1993, dedicada a la realización de todo tipo de actividades relacionadas con la gimnasia, cultura física, estética y belleza y artículos relacionados con dichas actividades así como dela explotación de gimnasios y zonas deportivas, especialmente en hoteles (información mercantil folio 600 a 603 y documento folio 604) .

QUINTO

El consejo de administración de la sociedad "Siempre en Forma S.L.", en fecha 23 de noviembre de 1999, acordó, entre otros...

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