STSJ Andalucía 713/2007, 19 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJAND:2007:3158
Número de Recurso226/2007
Número de Resolución713/2007
Fecha de Resolución19 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00713/2007

Recurso de apelación 226/07

SENTENCIA NUMERO 713

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

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Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

Dñª. Sandra María González de Lara MIngo

D. Marcial Viñoly Palop.

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En la Villa de Madrid, a diecinueve de abril de dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 226/07, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Torres Coello, en nombre y representación de don Lorenzo, contra el Auto de 22 de diciembre de 2.006 dictado por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 16 de Madrid, en procedimiento abreviado nº 866/06. Siendo parte la Delegación del Gobierno, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 22 de diciembre de 2.006 se dictó Auto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 16 de Madrid, en procedimiento abreviado nº 866/06, por el que se dispuso "No ha lugar a la medida cautelar solicitada por D. Lorenzo ".

SEGUNDO

Por escrito fecha 8 de enero de 2007, la representación de don Lorenzo, interpuso recurso de apelación contra dicha resolución. Suplicando su admisión y estimación.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo al Abogado del Estado para alegaciones que evacuó en plazo

CUARTO

Admitido a trámite se acordó elevar las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Dº Francisco Javier Canabal Conejos, señalándose el día 19 de abril de 2007, para la deliberación votación y Fallo del recurso de apelación, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3 y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se ha interpuesto contra el Auto de 22 de diciembre de 2.006 dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 16 de Madrid, en procedimiento abreviado nº 866/06, por el que se dispuso "No ha lugar a la medida cautelar solicitada por D. Lorenzo ". La resolución, de 27 de septiembre de 2006, en cuestión es la expulsión del recurrente del territorio nacional al amparo del artículo 53 a) de la Ley Orgánica 8/2000.

La apelante ataca la resolución antes reseñada indicando que su finalidad es hacer ejecutable la sentencia que en su día se dicte, causándole graves perjuicios la no suspensión puesto que reúne los requisitos doctrinales que determinan su situación de arraigo en nuestro país.

El Magistrado de instancia considera, para denegar la suspensión, que vistas las alegaciones formuladas en la demanda no concurren ninguno de los supuestos para acceder a la suspensión ni aparecen justificados los perjuicios expresados en su solicitud.

SEGUNDO

Debe tenerse en cuenta que la justicia cautelar forma parte del derecho a la tutela efectiva, tal como tiene declarado la jurisprudencia más reciente, por lo que la adopción de medidas provisionales que permitan asegurar el resultado del proceso no debe contemplarse como una excepción, de forma que la ejecución del acto administrativo impugnado ha de ser suspendida si caso contrario se haría perder la finalidad del recurso. Las...

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