STSJ Canarias , 27 de Octubre de 2004

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2004:4571
Número de Recurso383/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 06a Ref:RCA nº 383/99.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Don Nicolás Martí Sánchez.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 27 de octubre de 2.004.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 383/99, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, Dña Rosa , representada por la Procuradora Dña Carmen Bordón Artiles y defendida por el Letrado don Aurelio Puche Ramos; y, como partes codemandadas: la Administración del Estado, representada y defendida por Abogado del Estado; el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, representado por la Procuradora Dña Carmen Cavallero Grillo y defendido por el Letrado don Antonio Sánchez Tetares; y la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación Manzana 6.3., representada por la Procuradora Dña Mónica Soria Ranz y defendida por el Letrado don Rafael Cabrera Suarez; versando sobre justiprecio en expediente expropiatorio, siendo la cuantía de 8.065.050 pesetas, en su equivalente actual en euros.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Las Palmas, de fecha 28 de enero de 1.999, en expediente expropiatorio nº 1.057, promovido por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta de las fincas no incorporadas a la Junta de Compensación U.A. Manzana G-3 (Luis Doreste Silva y 15 de Noviembre), se fijó el justiprecio correspondiente a la vivienda arrendada por Dña Rosa en 4.242.000 ptas, conforme al siguiente desglose:

  1. ) indemnización por pérdida de derechos arrendaticios: 3.840.000 ptas; 2º) indemnización por gastos de traslado: 200.000 ptas; 3º) 5% en concepto de premio de afección.-

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo por la Procuradora Dña María del Carmen Bordón Artiles en nombre y representación de Dña Rosa .-

TERCERO

En su momento se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y anulación de la resolución recurrida, con fijación como indemnización a percibir por la actora la de 8.065.000 ptas por la extinción del arrendamiento y desalojo de la vivienda que ocupaba en régimen de alquiler, con imposición a las parte demandadas de las costas del litigio.- CUARTO.- Por su parte, todas las partes codemandadas se opusieron al recurso y pidieron su desestimación.- QUINTO .- Finalizado el período probatorio, se acordó, para mejor proveer, la práctica de prueba pericial, con traslado para conclusiones a continuación, que evacuaron todas las partes.- SEXTO.- Se señaló la deliberación, votación y fallo para el 22 de octubre del año en curso.- Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO.- El objeto del recurso es la pretensión anulatoria del Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de fijación de justiprecio por extinción de contrato de arrendamiento de vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 bajo de Las Palmas de Gran Canaria, adoptado en el procedimiento de expropiación por el sistema de tasación conjunta de las fincas no incorporadas a la Junta de Compensación U.A. Manzana G-3 (Luis Doreste Silva y CALLE000), figurando como arrendataria Dña Rosa (aunque en el expediente y acuerdo del Jurado se identifica como Rosa , explicándose en el Acta de pago unida al expediente, remitido sin foliar, que ello obedece a que durante muchos años fue conocida como Juana , si bien su segundo apellido es Rosa).- El Acuerdo se basó en los siguientes parámetros:

Uso: vivienda.

Metros cuadrados: 70.- Renta mensual: 3.000 ptas.- Renta actual: 35.000 ptas.

Diferencia en pesetas: 32.000 ptas.- Capitalización: 3.840.000 ptas- Gastos de traslado: 200.000 ptas.

Indemnización: 4.040.00 ptas.- 55 Premio de afección:...

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