STSJ Cataluña , 26 de Octubre de 2001

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2001:13030
Número de Recurso2375/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 2375/97 Partes: D. Felix y Dª. María Inmaculada C/

SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL MINISTERIO DE FOMENTO SENTENCIA N°1100 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS D. JOSE LUIS GOMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de octubre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

2375/97, interpuesto por D. Felix y Dª. María Inmaculada , representados por el Procurador D. Jordi Solá

Serra y asistidos por el Letrado D. Pedro Estéban Coll, contra SECRETARIA GENERAL TENICA DEL MINISTERIO DE FOMENTO, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Sola Serra, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 14.7.97, desestimatoria del recurso interpuesto contra acto administrativo de fecha 20.11.96, desestimatorio del abono de 3.139.289 ptas en concepto de diferencia de intereses legales, reclamados, relativas al justiprecio de la expropiación de las fincas NUM000 y NUM001 situadas en el municipio de Amposta, afectadas por las obras del Proyecto variante para doble vía entre Alcanar y Amposta-Aldea de la línea férrea de Valencia-Tarragona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 26 de octubre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional, la Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento, de fecha 14 de...

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