STSJ Extremadura , 29 de Julio de 2002

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2002:1945
Número de Recurso1695/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 1.470 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.

En Cáceres veintinueve de julio de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo n° 1.695 de 1.999, promovido por la Procuradora Doña María Victoria Merino Rivero en nombre y representación de DON Oscar Y DON Ernesto siendo parte demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA defendida y representada por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, recurso que versa sobre Contra Decreto 138/1.999 de 6 de septiembre de 1.999, dictado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura a propuesta de su Consejería de Presidencia y Trabajo que declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Mesas de Ibor de los bienes afectados por la expropiación para la ejecución de la Obra Camino de la Mimbre. Cuantía del recurso Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito en el que interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto reflejado en el encabezamiento de la presente sentencia.-

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo a la Administración demandada, y recibido el mismo se hizo entrega del expediente administrativo a la representación de la parte actora, para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y suplicando se dictara una sentencia por la que estimando íntegramente la demanda se revoque y deje sin efecto el Decreto 138/1999 de 6 de septiembre con imposición de costas a la demandada e interesando el recibimiento a prueba del recurso; dado traslado de la demanda a la administración demandada para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del presente recurso con imposición de costas a la parte actora .- Fijándose como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

TERCERO

Acordado el recibimiento a prueba del recurso, se practicó la admitida con el resultado que obra en los ramos separados de las partes; declarándose concluso este periodo y unidos a los autos las ramos de prueba y no habiendo solicitado ninguna de las partes la celebración de vista, se acordó pasar al trámite de conclusiones, evacuando este trámite cada una de las partes por su orden, e interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a los solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma. Señalándose día para votación y Fallo, y llevándose a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo Sr. DON WENCESLAO OLEA GODOY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso por los recurrentes el Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura 138/1.999, de 6 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Mesas de Ibor (Cáceres) de los terrenos necesarios para la...

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