STSJ Aragón , 12 de Enero de 2004

PonenteVICENTE GOÑI LARUMBE
ECLIES:TSJAR:2004:50
Número de Recurso728/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SEC. 4ª)

RECURSO n° 728/2000-B ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE Dª Natividad Rapún Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbe Procedimiento: Ordinario Cuantía: 17.320.000 pts. SENTENCIA NUM. 17 DE 2004 En Zaragoza, a doce de enero de 2004.

En nombre de SM. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por Vicente , Ernesto , Luis Antonio , Jon y Alexander , representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Bibián y asistidos por el Letrado Sr. Vicien.

Se impugna la desestimación presunta de los recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones del Jurado de Expropiación Forzosa de 8 de noviembre de 1999, y contra la resolución de 14 de junio de 2000, que expresamente resuelve los recursos de reposición contra las resoluciones de 8 de noviembre de 1999, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Vicente Goñi Larumbe, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con motivo de las obras del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza, tramo Calatayud-Ricla, Subtramo II, se acordó la expropiación de urgencia de varias fincas rústicas, a instancias del Ministerio de Fomento, Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, de la propiedad del Ayuntamiento de Ricla y que estaban arrendadas a los recurrentes.

SEGUNDO

Todas las fincas afectadas, pertenecen al término municipal de Ricla y sin las siguientes:

A). Finca n° NUM000 , expropiación parcial que afecta a 4.630 m2 de terreno rústico de albaricoques, 232 de albaricoques variedad moniqui, de 9 años y riego a manta.

Su arrendatario, Vicente , en su hoja de aprecio establece la siguiente valoración: valor del arbolado, 1.586.423 pesetas; valor de las construcciones, 700.700 pesetas; cosechas pendientes, 370.400 pesetas; extinción del arrendamiento, 208.350 pesetas; indemnización por mejoras, 1.041.750 pesetas; perdida beneficios empresa agraria, 1.481.600 pesetas; perjuicios por reducción, 541.245 pesetas; 5% premio afección, 295.491 pesetas, lo que totaliza la suma de 6.195.491 pesetas.

El Jurado en resolución de 8 de noviembre de 1999 fija el justiprecio en la suma de 2.198.567 pesetas.

B). Finca n° DIRECCION000 , expropiación parcial, que afecta a 1.409 m2, terreno rústico de olivos, 14 olivos arbequines de 50 años y 13 de 10 años, riego por goteo.

El arrendatario Luis Antonio , en su hoja de aprecio establece la siguiente valoración: valor arbolado, 232.485 pesetas; valor de las instalaciones, 183.706 pesetas; cosechas pendientes, 42.270 pesetas; extinción arrendamiento, 63.405 pesetas; indemnización mejoras, 317.025 pesetas; perdida beneficios empresa agraria, 169.080 pesetas; expropiación resto UMC, 580.905 pesetas y 5% de premio de afección, 79.444 pesetas, lo que totaliza la suma de 1.668.320 pesetas.

El Jurado en resolución de 8 de noviembre de 1999, fija el justiprecio en la suma de 430.564 pesetas.

C). Finca n° DIRECCION001 , expropiación parcial que afecta a 3.770 m2, terreno rústico de cerezos y ciruelos, 125 cerezos de la variedad starking y burlat, de 6 años, riego por goteo, y 14 ciruelos de claudia de 5 años.

El arrendatario, el mismo que la finca anterior, en la hoja de aprecio establece como valor del arbolado, 1.396.031 pesetas; instalaciones 179.800 pesetas; cosechas pendientes 263.900 pesetas; extinción del arrendamiento 169.080 pesetas; indemnización por mejoras 848.250 pesetas; perdida beneficios empresa agraria 1.055.600 pesetas; expropiación resto UMC 1.367.236 pesetas; y 5% premio afección 263.573 pesetas, lo que totaliza la suma de 5.535.040 pesetas.

El Jurado en resolución de 8 de noviembre de 1999 fijó el justiprecio en la suma de 1.700.109 pesetas.

D). Finca n° DIRECCION000 , expropiación parcial, que afecta a 3.438 m2, terreno rústico de melocotoneros de regadío, 229 árboles, variedad paraguayo, riego por goteo.

El arrendatario, Ernesto , en la hoja de aprecio establece la siguiente valoración: valor arbolado 857.403 pesetas; instalaciones 1.463.420 pesetas: cosechas pendientes 275.040 pesetas; extinción arrendamiento 154.710 pesetas; indemnización por mejoras 773.550 pesetas; perdida beneficios empresa agraria 1.100.160 pesetas; expropiación resto UMC 541.041 pesetas; y 5% premio afección 221.413 pesetas, lo que totaliza la suma...

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