STSJ Cataluña , 9 de Noviembre de 2000

PonenteFRANCISCO DIAZ FRAILE
ECLIES:TSJCAT:2000:14170
Número de Recurso2053/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 2053/96 Partes: PIENSOS COSTA, S.A. C/ JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE LLEIDA SENTENCIA N°1257 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a nueve de noviembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

2053/96, interpuesto por la entidad mercantil PIENSOS COSTA, S.A., representado por el Procurador D. Carlos Pons de Gironella y asistida por Letrado, contra JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE LLEIDA, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO DIAZ FRAILE, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Pons de Gironella, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Lleida de fecha 9.9.96 recaída en expediente de justiprecio n°.33/96 relativo a la finca rústica identificada con el n° 64 sita en el término municipal de Alcarras.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 20 de abril de 1999 , la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 2 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la resolución del Jurado de Expropiación de Lleida de 9-9-96, que fijó en 49.425.193 pts el justiprecio de la finca rústica de referencia, afectada por el proyecto T3-F- 2700. "Variante de Lérida CN-II de Madrid a Francia por Barcelona, p k. 453 al 474", sita en el término municipal de Alcarrás, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos.

SEGUNDO

En la demanda se postula la inviabilidad de la explotación porcina instalada en la finca objeto de la expropiación parcial de autos y se impetra la expropiación total de la finca o una indemnización acomodada a lo dispuesto en los artículos 23 y 46 de la L.E.F . En el expediente administrativo obran varios informes periciales aportados por la aquí demandante,...

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