STSJ Andalucía 2865/2003, 27 de Octubre de 2003
Ponente | RAFAEL TOLEDANO CANTERO |
ECLI | ES:TSJAND:2003:13798 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 2865/2003 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SECCIÓN SEGUNDA
RECURSO 1485/2001
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SENTENCIA NÚM. 2.865 DE 2.003
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
Ilmo. Sr. Presidente:
Don José Antonio Santandreu Montero
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Federico Lázaro Guil
Don Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a veintisiete de octubre de dos mil tres. Ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1485/2001, seguido a instancia de DON Pedro Francisco , que comparece representado por el Procurador don Aurelio del Castillo Amaro y asistido de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 24.638.080 ptas.
El recurso se interpuso el día 30 de marzo de 2001, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto por don Pedro Francisco contra la resolución del Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, de fecha 13 de junio de 2000, expediente NUM000 por la que se deniega el abono de intereses de demora devengados en expediente de expropiación de referencia solicitados por el recurrente en fecha 6 de octubre de 1999. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando la resolución recurrida, se obligue a la Administración a efectuar la liquidación de intereses de demora desde el 14 de febrero de 1992 hasta la fecha de pago del justiprecio por mutuo acuerdo el día 28 de marzo de 1998 y sobre la cantidad del mutuo acuerdo que asciende a 53.133.668 ptas.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se allanó a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia de conformidad con lo solicitado, no pudiendo extenderse a otras pretensiones diferentes de las que son objeto de allanamiento, acompañando al escrito autorización de allanamiento.
Estando concluso el trámite, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.
El recurso se dirige contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto por don Pedro Francisco contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto por don Pedro Francisco contra la resolución del Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, de fecha 13 de junio de 2000, expediente NUM000 por la que se deniega el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba