STSJ Cataluña , 8 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
ECLIES:TSJCAT:2001:13682
Número de Recurso3688/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 3688/96 Partes: Dª. Elisa Banco Español de Crédito, S.A. C/ Ayuntamiento de Cambrils SENTENCIA N°1424 Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BERLANGA RIBELLES D. JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ CRUZAT D. DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA En la ciudad de Barcelona, a ocho de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

3688/96, interpuesto por Dª Elisa , representada y asistida por la Letrada Dª. Mª Carmen Palacio Giral, contra el Ayuntamiento de Cambrils, representado y defendido por el Letrado D. Josep M. Panicello i Hernández.

Ha sido Ponente el lloro. Sr. Magistrado D. JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ CRUZAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Letrada Dª Mª Carmen Palacio Giral, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra los acuerdos de la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Cambrils de fecha 20 de septiembre de 1996, por la que se deniega la expedición de una certificación que, respecto a la finca parcela NUM000 del polígono NUM001 propiedad de la recurrente, acredita que la edificación existente en la misma tiene más de cuatro años, y que no hay constancia de inicio de expediente de infracción urbanística que pueda implicar la demolición de la misma.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 60 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente impugna mediante la interposición del presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Cambrils de 20 de septiembre de 1996, que acordó expedir certificación sobre la calificación urbanística del edificio situado en la parcela NUM000 del Polígono NUM001 , solicitando su defensa letrada su anulación y se declare que dicha edificación lleva construida más de cuatro años y no pesa expediente por infracción urbanística; pretensión a la que se opone la Administración local demandada.

SEGUNDO

Procede...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR