STSJ Cataluña , 9 de Noviembre de 2001

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2001:13798
Número de Recurso1814/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso n° 1814 /97 Partes: SOCIEDAD EUROPEA DE ESTACIONAMIENTOS, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE IGUALADA SENTENCIA N°1084 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a nueve de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1814/97, interpuesto por SOCIEDAD EUROPEA DE ESTACIONAMIENTOS, S.A., representada y defendida por el letrado D. Manel Maragall de Gispert, contra el AYUNTAMIENTO DE IGUALADA, representado defendido por el letrado de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Igualada D. Hugo .

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora, mediante su representación procesal, se interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Igualada de 17 de junio de 1997 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, ejercicios de 1994 y 1995.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, ni estimándose necesaria la celebración de vista pública, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 6 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de Inmobiliaria Colonial, S.A., posteriormente sustituida por Sociedad Europea de Estacionamientos, S.A. (EURO), tiene por objeto la pretensión anulatoria del Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Igualada el 17 de junio de 1997 desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, ejercicios de 1994 y 1995, recayente sobre el aparcamiento subterráneo existente en la plaza Cal Font de Igualada. La cuantía del presente recurso se cifra en 2.290.440 pesetas.

SEGUNDO

La Sociedad recurrente es titular de la explotación del aparcamiento subterráneo...

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